Verificar la integración del Comité de Contrataciones Públicas
· hace 13 días
El acta enumera cuatro miembros. La Ley 47-25 establece una integración de cinco, que incluye al titular de Planificación y Desarrollo; el reglamento contempla una integración simplificada de tres miembros cuando la estructura institucional lo justifique y la DGCP lo valide. Conviene verificar cuál integración aplicaba al SNS para esta sesión.
“se reunieron los miembros del Comité de Contrataciones Públicas de esta institución, debidamente constituido por los señores: Dr. Julio César Landrón De La Rosa, Director Ejecutivo y Presidente del Comité; la Licda. Cynthia Payano”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · Reglamento 52-26, art. 15 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
Reglamento 52-26, artículo 15 — Integración simplificada
Artículo 15.- Integración simplificada. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, en caso de que la institución contratante no cuente con una estructura orgánica que permita su integración de conformidad con lo establecido en la ley, se puede adoptar la siguiente integración simplificada: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que esté designe como su representante, quien presidirá el comité. 2. El titular del área administrativa financiera o su equivalente. 3. El titular del área jurídica o su equivalente. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe comprobar y validar los casos en que la estructura orgánica de la…
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