La Resolución CCC-185-2026, de 2026-09-25, aprueba la Enmienda núm. 1 del proceso MIDEREC-CCC-CP-2026-0023 y modifica, entre otros puntos, la subsanabilidad de la declaración de oferta libre de colusión, el criterio de adjudicación, la dotación de personal por lote y el límite de subcontratación, que pasa de 45 % a 50 %. También mantiene la exigencia de USB para ofertas físicas y responde a observaciones de monitoreo sobre horarios y apropiación presupuestaria. El acta consigna una certificación presupuestaria de RD$65,275,443.62 frente a un monto estimado de RD$186,709,038.60, y afirma que la ejecución de las obras se realizará en 2027.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta informa una certificación de RD$65,275,443.62 frente a un estimado de RD$186,709,038.60. Explica que la certificación cubre la erogación prevista para 2026 y el anticipo del 30 %, y que las obras se ejecutarán en 2027; conviene verificar el respaldo presupuestario para el monto restante, pues la resolución no cuantifica la apropiación correspondiente a ese ejercicio.
“La certificación es por RD $65,275,443.62; ese monto supera el 30% de los cinco lotes que en total son de RD$56,012,711.58.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · Ley 47-25, art. 136 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
Ley 47-25, artículo 136 — Disponibilidad de cuota para comprometer
Artículo 136.- Disponibilidad de cuota para comprometer. Las instituciones contratantes deberán asegurarse de que el monto de las contrataciones suscritas con los proveedores está programado como compromiso y que su pago estará garantizado una vez se reconozca la obligación. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán suscribir contratos ni firmar órdenes de compras o de servicios, ni disponer transferencias hacia el sector privado, si previamente no cuentan con el certificado de disponibilidad de cuota para comprometer. Párrafo II.- Las instituciones contratantes podrán, de manera excepcional, suscribir contratos y firmar órdenes de compras o de servicios sin el certificado de…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se eleva el límite de subcontratación, lo que puede disminuir el control sobre qué proporción de las prestaciones ejecuta directamente el adjudicatario..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La resolución se emitió el 25 de septiembre y el portal registra cierre el 28 de septiembre; la enmienda incorpora cambios en personal por lote, documentos evaluables, subsanabilidad y subcontratación. El artículo 104, párrafo II, de la Ley dispone extender proporcionalmente el plazo cuando la modificación se realiza después del 75 % del período; el cronograma suministrado no registra una extensión posterior a la enmienda.
“Que en fecha diecisiete (17) del mes de septiembre del año dos mil veintiséis (2026), se procedió a la publicación de la convocatoria a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Publicas (SECP) ...”
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Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El monitoreo transcrito identifica tres horas distintas para la recepción de ofertas del 28 de septiembre. La respuesta del Comité compara la hora de cierre con la fecha de apertura del día siguiente y no resuelve expresamente la discrepancia entre las horas límite; el portal indica cierre a la 1:30 p. m., mientras la convocatoria SNCC.F.009 señalaba 11:00 a. m.
“en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), hasta la 1:30 p. m.; en la Convocatoria SNCC.F.009, hasta las 11:00 a. m.; y en el Pliego de Condiciones, hasta las 11:30 a. m.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
La enmienda eleva el máximo del 45 % al 50 %, pero el texto aprobado no limita ese máximo a subcontratistas MIPYMES. La Ley contempla hasta 50 % de manera especial cuando las empresas subcontratadas sean MIPYMES; corresponde verificar cómo se aplicará esa condición en la ejecución.
“El(la) contratista podrá subcontratar la ejecución de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones, con la previa y expresa autorización de la institución contratante de acuerdo artículo 152 de la Ley núm.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · Ley 47-25, art. 176 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación
Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…
Ley 47-25, artículo 176 — Porcentaje subcontratación entre MIPYMES
Artículo 176.-Porcentaje subcontratación entre MIPYMES. El porcentaje de subcontratación permitido podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento (50%), de manera especial, cuando las empresas subcontratadas sean Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).
El monitoreo transcrito recomendó que la memoria USB fuese opcional para evitar que su falta afectara la admisibilidad; la resolución sostiene que es indispensable y el cuadro de evaluación exige archivos en Excel por USB, con partidas no subsanables. La exigencia puede crear una condición adicional para las ofertas físicas y merece verificarse frente a la admisión legal de propuestas físicas o electrónicas y a la razonabilidad del requisito.
“Por todas las razones expuestas que reiteramos que el requerimiento de acompañar la oferta física con una memoria USB no obedece a una disposición arbitraria o de forma, sino que responde a una necesidad operativa legítima para preservar la”
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Cambios que introduce (8)
Sección
Antes
Después
Efecto
11.1.1 Documentación legalDocumentos sobre agente autorizado
No se mencionaban en esta sección los formularios de designación y aceptación del agente autorizado.
Se añaden los formularios SNCC.D.051 y SNCC.D.052, cuando apliquen; ambos son subsanables.
Endurece
11.1.3 Documentación técnica y evaluación técnicaPersonal propuesto por lote
No se recogía en los pasajes enmendados una regla expresa sobre la asignación del mismo personal entre lotes.
El director del proyecto puede ser común a los lotes, pero el ingeniero residente y el encargado de seguridad, medio ambiente y protección civil deben ser distintos por cada lote.
Endurece
12.1 Documentos de la oferta económica “Sobre B”Declaración de oferta libre de colusión
La declaración se clasificaba como no subsanable.
La declaración se clasifica como subsanable.
Relaja
13.1.1 Metodología y criterios de evaluación para la documentación legalDocumentos societarios, identidad y declaraciones
No se incluían en el fragmento enmendado los documentos y formularios añadidos.
Se incorporan, entre otros, nómina de accionistas y acta de designación del gerente, identificación del representante, declaraciones de prohibiciones y formularios de ética y debida diligencia; se indican como subsanables.
Endurece
13.2 Metodología y criterios de evaluación de oferta económicaPresupuesto y archivos editables por USB
El pliego contenía menciones no uniformes sobre la presentación de memorias USB; el monitoreo de la DGCP recomendó hacerlas opcionales.
La enmienda conserva la exigencia de entregar en papel y en Excel, mediante USB, presupuesto, análisis de costos unitarios y resumen de costos; los documentos se declaran no subsanables.
Endurece
15. Criterio de adjudicaciónIdentificación del criterio calidad-costo
La adjudicación se describía por el puntaje final más elevado, sin identificar expresamente el criterio.
Se identifica como adjudicación basada en mejor relación calidad-costo, manteniendo el mayor puntaje técnico y económico y un máximo de dos lotes por oferente.
Aclara
8. Supervisor o responsable del contratoDesignación de responsables
MIDEREC designaría al supervisor o responsable e informaría al adjudicatario posteriormente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Ley 47-25, artículo 105 — Presentación de propuestas
Artículo 105.- Presentación de propuestas. Los oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, o en soporte físico. Párrafo I.- Deberá garantizarse la confidencialidad de las propuestas hasta el momento de su apertura, en la fecha y hora fijado por el pliego de condiciones. Párrafo II.- Las propuestas presentadas fuera del plazo fijado para su recepción se considerarán irrecibibles. Párrafo III.- Al momento de preparar los documentos que conforman sus propuestas técnicas y económicas, los oferentes deberán hacer constar en sus propuestas cuáles informaciones deben ser consideradas como confidenciales, con la…
Se mantiene esa previsión y se añaden los nombres de Ing. Jorge Lauriano, Luisa Nova y Danilo Recio como responsables designados.
Aclara
SubcontrataciónPorcentaje máximo subcontratable
Se permitía subcontratar hasta el 45 % del monto de las tareas.
Se permite subcontratar hasta el 50 %; la cláusula transcrita no condiciona expresamente ese máximo a que las empresas subcontratadas sean MIPYMES.
RelajaQuita un control: Se eleva el límite de subcontratación, lo que puede disminuir el control sobre qué proporción de las prestaciones ejecuta directamente el adjudicatario.