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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES pintura.pdf

CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA O PERSONA FÍSICA PARA LA ADQUISICIÓN DE PINTURA PARA REALIZAR TRABAJOS EN EL MUNICIPIO DE SANTO DOMINGO ESTE · Ayuntamiento Santo Domingo Este

Publicado el 25 sept de 202650 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASDE-CCC-LPN-2026-0005

Lo que dice

El pliego establece las bases de la licitación pública nacional ASDE-CCC-LPN-2026-0005 para adquirir pinturas destinadas a trabajos municipales, con presupuesto base de RD$20,000,000.00 y lote único de 18 tipos de productos. Fija la recepción de ofertas para el 10/11/2026 y prevé suministro parcial según demanda; entre sus condiciones, exige que el oferente fabrique las pinturas y pueda entregarlas en cinco días.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentosRD$20 millones

Se exige que el oferente sea fabricante directo

Documento del 25 sept 2026 · hace 24 días

El requisito de fabricar las pinturas con instalaciones y capacidad propias excluye a distribuidores y revendedores, incluso si pudieran suministrar productos conformes. El pliego menciona la naturaleza del producto, pero conviene verificar si los estudios previos justifican que solo el fabricante pueda satisfacer la necesidad y si el requisito es proporcional.

“Por la naturaleza y las características técnicas de los bienes objeto del presente proceso, el oferente deberá garantizar que las pinturas ofertadas sean elaboradas y fabricadas por el propio oferente, de conformidad con las especificacione” (pág. 6)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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A revisarHallazgo en documentosRD$20 millones

Lote único sin ofertas parciales para 18 tipos de pintura

Documento del 25 sept 2026 · hace 24 días

El pliego agrupa 18 tipos de pinturas en un único lote y prohíbe ofertas parciales. Conviene verificar en los estudios previos si esta agrupación es necesaria, pues limita la participación de proveedores capaces de suministrar solo parte de los productos.

“El presente proceso se realizará bajo la modalidad de lote único, por lo que no se aceptarán ofertas parciales. En consecuencia, los oferentes deberán presentar su propuesta por la totalidad del lote único establecido en este proceso.” (pág. 10)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación

Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Garantía de seriedad con fechas que no coinciden con la vigencia exigida

Documento del 25 sept 2026 · hace 24 días

El pliego pide que la garantía cubra diez días después de la fecha prevista para suscribir el contrato, pero luego fija su vigencia hasta el 10/12/2026, que también identifica como fecha prevista de suscripción. Conviene aclarar el vencimiento requerido para evitar diferencias de interpretación sobre la cobertura.

“Los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, que esté vigente hasta diez (10) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato, vigencia desde la apertura de los sobr” (pág. 19)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 203 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.

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Prohibición de ofertas de empresas con accionistas en común

Documento del 25 sept 2026 · hace 24 días

El pliego limita a una sola empresa la participación cuando dos empresas compartan algún socio o accionista, aunque sean personas jurídicas distintas. La restricción va más allá de prohibir que una misma persona participe más de una vez y puede reducir la competencia entre oferentes independientes; conviene revisar su justificación y alcance.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.” (pág. 47)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Certificado de antecedentes penales exigido al representante legal

Documento del 25 sept 2026 · hace 24 días

El pliego exige un certificado actualizado de no antecedentes penales del representante legal, como requisito de oferta. Conviene verificar su proporcionalidad y relación con la capacidad para suministrar pinturas, dado que la exigencia se aplica a la persona representante y no se limita a las inhabilidades legales pertinentes para contratar.

“Certificado de no antecedentes penales (original y actualizado), del representante legal elegido por la empresa participante.” (pág. 16)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Se menciona garantía de vicios ocultos para una adquisición de bienes

Documento del 25 sept 2026 · hace 24 días

Aunque el objeto es la adquisición de pinturas, el pliego condiciona la devolución de la garantía de fiel cumplimiento a que se presente una garantía de vicios ocultos. Conviene precisar la base y alcance de esa garantía para este contrato de bienes, ya que el reglamento circunscribe la garantía contra vicios ocultos a obras.

“La garantía de fiel cumplimiento será devuelta luego de la recepción conforme del servicio incluidas las obligaciones de seguridad social y tras ser constituida y presentada la garantía de vicios ocultos a favor de la institución contratant” (pág. 36)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 212 · Ley 47-25, art. 162 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 212 — Garantía contra vicios ocultos

Artículo 212.- Garantía contra vicios ocultos. La garantía contra vicios ocultos aplica para los contratos cuyo objeto sea la construcción de obras.

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Ley 47-25, artículo 162 — Garantías

Artículo 162.- Garantías. Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de contratación, las instituciones contratantes deberán exigir a los oferentes y adjudicatarios, mediante los pliegos de condiciones correspondientes, las garantías en la forma y montos definidos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las garantías deberán estar vinculadas a las etapas del procedimiento de contratación para las cuales son requeridas y no podrán constituirse en recaudos excesivos para la participación.

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Plazos de entrega de cinco días expresados de forma divergente

Documento del 25 sept 2026 · hace 24 días

El documento vincula la entrega a cinco días después de recibir una orden de compra, pero también pide compromiso de entrega en cinco días luego de terminado el proceso de contrataciones. La diferencia entre ambos hitos puede generar incertidumbre sobre el plazo exigible y las condiciones para competir.

“Condiciones de Entrega 5 días después de recibir la orden de compra. Carta compromiso de disponibilidad de entrega de los bienes solicitados en el plazo de 5 días luego de terminado el proceso de contrataciones.” (págs. 9-17)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos

Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.

Otros documentos del proceso (16)

  • acta de inicio.pdfInforme pericial · 23 sept de 2026 · 3 señales
  • aprob de pliego.pdfPliego · 23 sept de 2026
  • certif de fondo.pdfCertificación de fondos · 23 sept de 2026
  • PLIEGO DE CONDICIONES pintura.pdfPliego · 23 sept de 2026 · 6 señales
  • Periodico.pdfDocumento · 25 sept de 2026
  • contrato-ejecucion-de-servicios.docxContrato · 25 sept de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores (9).docxDocumento · 25 sept de 2026
  • Formulario de presentacion oferta F.033 (1).docxDocumento · 25 sept de 2026
  • formulario debida diligencia SNCCP-PROV-F-040..docxDebida diligencia · 25 sept de 2026
  • SNCC F 042 Formulario Informacion oferente (2).docxDocumento · 25 sept de 2026
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal (7).docxDocumento · 25 sept de 2026

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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SNCC_D049_Experiencia_contratista (4).docx
Documento · 25 sept de 2026
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  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes (1).docxDebida diligencia · 25 sept de 2026
  • Publicación periodico.pdfDocumento · 25 sept de 2026
  • SOLICITUD DE CONTRATACIÓN.pdfSolicitud de compra · 25 sept de 2026 · 1 señal