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Abriendo la ficha…

Informe de evaluación

Informe preliminar; CP-2026-0003_ocred.pdf

Proceso dirigido a MIPYMES para servicios de desayunos, almuerzos y cenas para el personal de Zona Norte del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1. · Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1

Publicado el 23 sept de 2026Fechado el 15 sept de 202630 páginasEn el mensaje «Informe Preliminar 911-CCC-CP-2026-0003»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso 911-CCC-CP-2026-0003

Lo que dice

El informe preliminar, emitido el 16 de septiembre de 2026 para el proceso 911-CCC-CP-2026-0003, recomienda no habilitar a El Menú de Lucrecia Hiraldo, S.R.L. por no presentar la segunda certificación de satisfacción requerida. Recomienda permitir a Cristhian Arturo Cabrera Márquez y a Kayla’s Cuisine & Catering Services, S.R.L. subsanar documentos financieros y, en el caso de Kayla’s, también el listado de clientes; no adjudica ni consigna montos ofertados. Además, registra como «Cumple» el RPE de Kayla’s aunque describe una actividad y un código UNSPSC distintos de los exigidos en el propio informe, y recomienda pedirle una carta bancaria no identificada entre los requisitos transcritos.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

RPE de Kayla’s evaluado como conforme con actividad distinta

Documento del 23 sept 2026 · hace 21 días

El informe transcribe como requisito una actividad UNSPSC 90100000 de restaurantes y catering, pero registra para Kayla’s «Eventos generales» y el código 80141902, y aun así marca el requisito «Cumple». Aunque se trata de una evaluación preliminar, conviene verificar la correspondencia con el requisito publicado antes de habilitarla.

“Registro de Proveedor del Estado (RPE): Debe tener inscrita. conforme a la codificacion UNSPSC la actividad comercial de actividad comercial … Restaurantes ¥ catering (servicios de comidas … Registro de Proveedor del Estado”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

Oferentes que registra (3)

2 mencionado · 1 no habilitado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
El Menú de Lucrecia Hiraldo, S.R.L.El informe preliminar recomienda no habilitarlo para la apertura del Sobre B por presentar solo una certificación de satisfacción, en lugar de las dos requeridas.No habilitado——
Cristhian Arturo Cabrera MárquezEl informe preliminar recomienda solicitar subsanación de documentación financiera, incluidas inconsistencias en los totales de activos frente a pasivos y patrimonio en el estado de situación de 2025.Mencionado——
Kayla’s Cuisine & Catering Services, S.R.L.El informe preliminar recomienda subsanar la falta de estados financieros auditados de 2024 y del listado actual de clientes, y sugiere requerir una carta de referencia bancaria.Mencionado——

Otros documentos del proceso (40)

  • Acta no 911-2026-123 de inicio de Procedimiento ref CP-2026-0003_ocred.pdfPliego · 2 sept de 2026 · 1 señal
  • Compromiso etico de los peritos ref CP-2026-0003_ocred.pdfInforme pericial · 2 sept de 2026
  • Compromiso etico ref CP-2026-0003_ocred.pdfDocumento · 2 sept de 2026
  • Convocatoria ref CP-2026-0003_ocred.pdfDocumento · 2 sept de 2026
  • Cronograma ref CP-2026-0003-_ocred.pdfDocumento · 2 sept de 2026
  • Declaracion jurada de perito financiero ref CP-2026-0003_ocred.pdfInforme pericial · 2 sept de 2026
  • Declaracion jurada de perito legal ref CP-2026-0003_ocred.pdfInforme pericial · 2 sept de 2026
  • Declaracion jurada de perito tecnico 3 ref CP-2026-0003_ocred.pdfInforme pericial · 2 sept de 2026
  • Declaraciones Juradas peritos Técnicos_ocred.pdfInforme pericial · 2 sept de 2026
  • Dictamen Juridico ref CP-2026-0003_ocred.pdfInforme pericial · 2 sept de 2026
  • Solicitud de compras_ocred.pdf

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Se recomienda solicitar a Kayla’s una carta bancaria no transcrita como requisito

Documento del 23 sept 2026 · hace 21 días

Para Kayla’s, el informe recomienda requerir una carta de referencia bancaria para sustentar su estabilidad financiera, aunque en los requisitos financieros transcritos enumera estados financieros, IR2 y constancias de cumplimiento fiscal y de seguridad social, no esa carta. Debe verificarse que no se convierta en una condición nueva de habilitación durante la evaluación.

“En atencion a la informacion financiera presentada en los estados financieros correspondientes al afio 2025, se recomienda requerir al oferente una Carta de Referencia Bancaria que permita sustentar v validar su estabilidad financiera”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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ContextoHallazgo en documentos

Inconsistencias en estados financieros del adjudicatario señaladas por los peritos

Documento del 23 sept 2026 · hace 21 días

El informe preliminar califica «CUMPLE» los estados financieros 2024-2025 de Cristhian Arturo Cabrera Márquez, pero consigna que el Estado de Situación 2025 presenta inconsistencias entre activos, pasivos y patrimonio y le requirió verificar y corregir la información. Los peritos lo trataron como subsanación en el plazo del cronograma; el hallazgo queda como contexto, sin efecto demostrado en la adjudicación.

“El Estado de Situacion del afo 2025, presenta inconsistencias en los valores totalizados de los Activos en relacion con los Pasivos y el Patrimonio. El oferente debera verificar la informacion presentada y realizar las”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas

Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…

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Solicitud de compra · 2 sept de 2026 · 1 señal
  • Pliego de condiciones ref CP-2026-0003-_ocred.pdfPliego · 2 sept de 2026 · 4 señales
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  • Registro De Participantes Sobre A Ref CP-2026-0003_ocred.pdfDocumento · 11 sept de 2026
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  • Notificación de Habilitación Cristhian Arturo Cabrera Márquez_ocred.pdfCircular · 28 sept de 2026
  • Notificación de No Habilitación El Menú de Lucrecia Hiraldo SRL__ocred.pdfCircular · 28 sept de 2026
  • Notificación de No Habilitación Kayla's Cuisine Catering Services SRL__ocred.pdfCircular · 28 sept de 2026
  • Informe definitivo; CP-2026-0003_ocred.pdfInforme de evaluación · 29 sept de 2026
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  • Informe Definitivo de Evaluación Técnica; CP-2026-0003._ocred.pdfInforme de evaluación · 30 sept de 2026
  • Acta No-911-2026-139 Aprobacion informe final; CP-2026-0003_ocred.pdfActa · 1 oct de 2026
  • Acta No-911-2026-138 Decisoria recurso de reconsideracion contra el informe preliminar evaluacion tecnica; CP-2026-0003_ocred.pdfReconsideración · 1 oct de 2026
  • Documento unificado Recurso Reconsideración informe preliminar y acta decisoria_ocred.pdfReconsideración · 1 oct de 2026
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  • Informe de Evaluación Económica; CP-2026-0003_ocred.pdfActa de adjudicación · 7 oct de 2026
  • Notificacion de circular de adjudicacion; CP-2026-0003_ocred.pdfActa de adjudicación · 7 oct de 2026
  • Informe final del portalDocumento · —