El informe definitivo de evaluación económica, fechado el 16 de septiembre de 2026, recomienda adjudicar el ítem único a Soluciones y Servicios YADPP, CELNA Enterprises y Hermosillo Comercial por un total de RD$41,622,461.12. También descarta para la adjudicación las ofertas de Grupo Zomo, Procesadora de Granos de Santo Domingo CK 1000 y Southwest Corporation Dominicana, tras constatar que fueron inhabilitadas para contratar mediante acto de la DGCP del 15 de septiembre de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe registra para YADPP una oferta de RD$41,288,112, mientras que el dato del portal suministrado es RD$41,999,976 y figura como cargado/pendiente. La diferencia de RD$711,864 podría modificar el orden económico y es pertinente verificar cuál monto fue presentado y evaluado; el estado pendiente del registro del portal también permite que esté desactualizado.
“SOLUCIONES Y SERVICIOS YDAPP, SRL | | 41,288,112.00”
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Ley 47-25, artículo 180 — Naturaleza de la información
Artículo 180.- Naturaleza de la información. Toda la información generada en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene fuerza jurídica, validez y fuerza probatoria, de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente en las respectivas materias, debido a que asegurará la autenticidad, integridad, inalterabilidad, fidelidad, disponibilidad y conservación de los documentos electrónicos registrados.
GRUPO ZOMO, SRLEl informe descarta su oferta para fines de adjudicación tras constatar su inhabilitación para contratar con el Estado mediante acto de la DGCP del 15 de septiembre de 2026.
Descalificado
Ítem 1
RD$41,796,053
PROCESADORA DE GRANOS DE SANTO DOMINGO CK 1000, SRLEl informe descarta su oferta para fines de adjudicación tras constatar su inhabilitación para contratar con el Estado mediante acto de la DGCP del 15 de septiembre de 2026.
Descalificado
Ítem 1
RD$41,760,000
SOUTHWEST CORPORATION DOMINICANA, SRLEl informe descarta su oferta para fines de adjudicación tras constatar su inhabilitación para contratar con el Estado mediante acto de la DGCP del 15 de septiembre de 2026.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona