El pliego del proceso DASAC-CCC-LPA-2026-0001, fechado solo como julio de 2026, convoca una licitación pública abreviada para adquirir 12,000 sacos de azúcar crema de 125 libras, con valor referencial de RD$42,000,000. Establece evaluación cumple/no cumple y adjudicación por menor precio, total o parcial por ítem. Incluye condiciones de elegibilidad, entrega y pago que merecen revisión, y presenta calendarios de entrega contradictorios.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego dispone que todo empate se resuelva por sorteo. El Reglamento 52-26 prevé preferencias de inclusión social, ambientales o de subcontratación MIPYME para desempatar y permite el azar en los supuestos indicados allí; aplicar solo el sorteo podría cambiar quién resulta adjudicado.
“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá a seleccionar la oferta ganadora mediante un sorteo al azar, el cual se llevará a cabo de manera pública con la presencia de los interesados, del comité de compras y cont”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 117 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 117 — Desempate de ofertas
Artículo 117.- Desempate de ofertas. El pliego de condiciones debe determinar cómo se decide la adjudicación en caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios, por igualdad de costo o por igualdad de puntaje, aplicando alguno de estos criterios: 1. Preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2. Preferencia a la oferta que presente un plan empresarial de responsabilidad para la protección del medioambiente en su cadena de producción. 3. Preferencia de oferta en la cual se proponga el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El…
El pliego impide adjudicar a quien tenga contratos vigentes con entregas pendientes, sin distinguir el estado de cumplimiento, y también a quien haya sido notificado como incumplidor en procesos similares. Son barreras de elegibilidad que podrían excluir oferentes sin una evaluación individual de su capacidad actual o del resultado de un procedimiento sobre el incumplimiento notificado.
“Los oferentes que tengan contratos vigentes con entregas pendientes con de los Dirección de Asistencia Social y Alimentación Comunitaria (DASAC), no podrán ser adjudicados en este proceso a los fines de garantizar una entrega oportuna, cump”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego combina entrega a requerimiento y entrega por cronograma, indica cuatro entregas mensuales de 25% y también seis entregas de 25%; además fija un plazo de entrega escrito como «cinco (3) días». Estas contradicciones dificultan comparar las ofertas y conocer las obligaciones de suministro que asumiría el adjudicatario.
“Todos los ITEMS EN CUATRO ENTREGAS DEL 25% MENSUAL, en el siguiente cuadro], cuya primera entrega debe realizarse el día 30 de septiembre del año 2026. ... Todos los Productos Adjudicados en Seis Entregas 25% por entrega Sept.@Octubre”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 45 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 45 — Contratos de bienes
Artículo 45.- Contratos de bienes. Serán considerados contratos de bienes aquellos que tienen por objeto la adquisición de bienes de cualquier índole, incluyendo las materias primas, los productos, los equipos, otros objetos en estado sólido, líquido o gaseoso, así como los servicios accesorios al suministro de esos bienes, siempre que el valor de los servicios no exceda el de los propios bienes, los que podrán suscribirse, sin ser limitativos, bajo las modalidades siguientes: 1) Entrega definida: Bajo esta modalidad la institución contratante adquiere una cantidad específica, previamente definida, de productos o bienes muebles; y 2) Entrega según demanda: Bajo esta modalidad el proveedor…
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
El pliego fija pagos entre 45 y 60 días después de recibida la factura, tanto para MIPYMES como para empresas no certificadas como MIPYMES. La Ley 47-25 establece un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento correspondiente.
“Los pagos se realizarán de cuarenta y cinco (45) a sesenta (60) días después de la recepción de las facturas, a menos que ocurran retrasos en la tramitación administrativa de los pagos por faltas propias de los suplidores contratados, en cu”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Aunque el pliego reconoce un anticipo del 30% para adjudicatarios MIPYME, permite desembolsarlo hasta 30 días hábiles después de la firma del contrato. La ley establece ese anticipo con la suscripción del contrato; la demora prevista puede afectar el flujo de caja necesario para iniciar la ejecución.
“Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME la institución contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo2, el cual será del treinta por ciento 30 %, conforme el artículo 174 de la ley 47-25 del valo”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Se exige una carta de disponibilidad de bienes en existencia y se permite verificar esa disponibilidad antes de adjudicar, junto con entregas a requerimiento en plazos muy breves. La combinación podría restringir la participación a oferentes que mantengan inventario inmediato; conviene comprobar su proporcionalidad con el objeto y el esquema de entregas.
“Carta Compromiso de disponibilidad de bienes en existencia para ofertar, debidamente firmada donde se especifique el número de referencia del proceso y objeto de la contratación directa, el cargo de quien emite la carta y la disponibilidad ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Además de una evidencia de domicilio, el pliego requiere una fotografía del local comercial donde se vea el número y la edificación completa, y que el domicilio coincida en los documentos de evaluación. Para el suministro de azúcar, la exigencia puede imponer una carga de participación cuya relación con la ejecución y proporcionalidad conviene verificar.
“Una (1) evidencia de domicilio, tal como factura de teléfono, factura de energía eléctrica, contrato de alquiler, título de propiedad, así como cualquier otra; sin desmedro de la presentación de más de una (1) evidencia de domicilio; tenien”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona