Los estudios previos, fechados el 24 de agosto de 2026, describen la instalación de elementos de seguridad perimetral y el reforzamiento de 141 torres de transmisión en la derivación Jimaní, con un costo estimado total de RD$50,000,000. El documento plantea una contratación de emergencia mediante selección directa y fija un plazo máximo de ejecución de 60 días calendario, contado desde el registro del contrato y el pago del anticipo.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Los estudios alternan entre una instalación a cuatro metros y un rango de cuatro a cinco metros, y describen una colocación de doble malla en una sección frente a la descripción de alambre de trinchera en otras. Estas diferencias podrían afectar la comparabilidad de las ofertas y la verificación de las cantidades y trabajos entregados; conviene confirmar la especificación que rige.
“Instalación de alambre de trinchera (concertina) sobre las estructuras metálicas hasta una altura aproximada de entre cuatro (4) y cinco (5) metros desde la base de la torre. … Colocación de doble malla alambre de trinchera y perfil galvani”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
El presupuesto de referencia es RD$50,000,000 y, según el portal, la oferta de Electromecánica Gómez Peralta EGP, SRL es por ese mismo monto; la otra oferta registrada es RD$48,538,632. La coincidencia exacta merece revisión de la formación de precios y de la evaluación, aunque este documento no consigna adjudicación.
El estudio justifica contratar una empresa especializada para trabajos en torres de transmisión. Según los datos registrales consultados el 27/09/2026, las actividades DGII vigentes de los dos oferentes son venta al por menor de electrodomésticos y electrónica de consumo, y venta al por menor de materiales y productos de limpieza, respectivamente; al no constar adjudicación, procede verificar su experiencia y capacidad específica antes de decidir.
“En consecuencia, resulta necesario realizar la contratación de una empresa especializada que suministre los materiales, equipos, herramientas, transporte, personal técnico y demás recursos requeridos para la ejecución integral de los trabaj”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Servicios Multiples 4KML, SRLOferta registrada como cargada y pendiente según el portal; el documento de estudios previos no consigna una evaluación ni una adjudicación.
Mencionado
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RD$48,538,632
Electromecánica Gómez Peralta EGP, SRLOferta registrada como cargada y pendiente según el portal. El acta de inicio anterior la autorizó a recibir solicitud de oferta mediante selección directa, sin que ello implicara adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona