El informe justificativo, fechado el 10 de agosto de 2026, fundamenta una contratación de emergencia para proteger y reforzar 141 torres de transmisión tras el colapso de dos estructuras el 4 de julio de 2026. Consigna un impacto operativo de RD$8,271,264.59 y recomienda la selección directa de Electromecánica Gómez Peralta EGP, SRL para la intervención. El monto estimado del proceso es RD$50,000,000; según el portal, también consta una oferta inferior de RD$48,538,632, aún pendiente.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe recomienda selección directa por riesgos para la infraestructura y la continuidad del servicio, pero no identifica expresamente un peligro o amenaza evidente de pérdida de vidas humanas. El Reglamento 52-26 condiciona la selección directa en emergencias a ese supuesto y exige motivación reforzada sobre la inviabilidad o desproporción de la vía competitiva.
“Por las condiciones de riesgo, especialidad requerida, tiempo disponible y necesidad de preservar la integridad de la infraestructura eléctrica, se evaluaron las alternativas disponibles y se determinó que la contratación mediante selección”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 156 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 156 — Procedimiento de selección competitiva en casos de emergencia
Artículo 156.- Procedimiento de selección competitiva en casos de emergencia. En los casos de emergencia deben aplicarse las siguientes reglas particulares: 1. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el decreto del Presidente de la República que declara la emergencia por alguna de las causas expresamente previstas en la Ley núm. 47-25, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 2. En caso de que existan oferentes precalificados para situaciones de emergencia que puedan satisfacer las prestaciones contractuales requeridas, estos deben ser invitados directamente, y la adjudicación debe…
El informe recomienda a EGP por selección directa. Según el portal, Servicios Multiples 4KML, SRL registró una oferta pendiente de RD$48,538,632, inferior a los RD$50,000,000 de EGP; el informe no explica la comparación entre ambas ofertas, por lo que conviene verificar qué alternativas se evaluaron y con qué fundamento.
“En consecuencia, se recomienda la contratación de Electromecánica Gómez Peralta EGP, SRL, con número de Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) [RNC], y con clasificación de MIPYME: Pequeña Empresa, por haber acreditado las capacid”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 151 · Ley 47-25, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción
Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…
Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones
Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.
El resumen ejecutivo indica una altura de 4 metros, mientras que el alcance de la intervención señala aproximadamente 5 metros. La diferencia puede afectar la cuantificación del trabajo y la verificación de conformidad de la prestación.
“la instalación de elementos de seguridad perimetral (alambres de trinchera a una altura de 4 metros y colocación de púas en las bases que soportan las torres) ... Colocación de barreras de seguridad perimetral tipo trinchera/concertina en l”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Electromecánica Gómez Peralta EGP, SRLEl informe recomienda contratarla mediante selección directa; no consigna una adjudicación. El portal registra una oferta pendiente de RD$50,000,000.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona