El estudio mezcla el objeto vehicular con camiones compactadores
· hace 1 mes
La portada identifica el estudio como una adquisición de camiones compactadores para recolección de residuos, y entre las fuentes se mencionan consultas a procedimientos de compra de compactadores; en cambio, el cuerpo determina precios para siete jeepetas y una camioneta. La discrepancia pone en duda la pertinencia de parte de la base usada para sustentar el valor estimado de RD$18,400,000.00, aunque podría tratarse de texto reutilizado.
“Adquisición de Camiones Compactadores para ser utilizados en la recolección de desechos Sólidos en el Municipio de Santo Domingo Oeste … 3. Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) / Portal Transaccional, mediante la consulta” (págs. 1-4)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
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