La integración del comité no identifica al área de planificación municipal
· hace 1 mes
El acta enumera cinco integrantes, pero no identifica a un representante de la Oficina Municipal de Planificación y Programación, integrante previsto para los comités locales. Incluye a un Secretario Técnico como miembro, sin indicar que represente esa función; conviene verificar si existe una equivalencia institucional aplicable.
“Dicho comité se encuentra integrado por los señores: Madeleine Capellán, Directora de Gabinete, actuando como Presidenta del Comité de Compras y Contrataciones; Manuel Antonio Jiménez, Encargado de la Oficina de Libre Acceso a la Informació”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 197 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 197 — Comités de Contrataciones Públicas Locales
Artículo 197.- Comités de Contrataciones Públicas Locales. Los gobiernos locales contarán con un Comité de Contrataciones Públicas Locales. Será responsabilidad de dicho comité la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los pliegos de condiciones de la contratación, el procedimiento de selección y la decisión sobre las recomendaciones emitidas por los peritos designados para evaluar las ofertas. Su composición será la siguiente: 1) El alcalde o el director, o a quien estos deleguen su representación; 2) El gerente financiero o, en su defecto, el tesorero municipal; 3) El consultor…
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