El informe, fechado el 15 de julio de 2026, justifica el arrendamiento del inmueble identificado como Nave B para almacenar mobiliarios destinados a centros de jornada extendida en San Cristóbal, y señala a Transporte y Depósito Miguel Ángel Peguero, S.R.L. como titular propuesto. Afirma que no hay alternativas equivalentes en la zona y describe el inmueble y sus registros de título. El portal registra un monto estimado de RD$18,611,450.88 y una convocatoria del 8 de septiembre de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El título presenta el informe como justificación para la excepción de bienes o servicios con exclusividad, aunque el cuerpo fundamenta el arrendamiento en la excepción de inmuebles para uso estatal. Son modalidades con reglas diferentes: el reglamento prevé convocatoria pública para inmuebles y reserva la selección directa para supuestos excepcionales con justificación reforzada. La discrepancia merece comprobar qué modalidad sustentó efectivamente la invitación y la tramitación.
“Informe Justificativo para uso de la excepción de bienes o servicios con exclusividad y contratación de servicios de alquileres para centros educativos, oficinas, naves y/o almacenes para suplir las diferentes necesidades del Ministerio de ” (pág. 1, escaneada)
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
Reglamento 52-26, artículo 161 — Procedimiento de selección competitiva en caso de bienes o servicios con exclusividad
Artículo 161.- Procedimiento de selección competitiva en caso de bienes o servicios con exclusividad. En los casos de contrataciones de bienes o servicios que, por su especialidad, solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores, que en ningún caso puede ser superior a cinco (5), se aplican las siguientes reglas particulares: 1. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el informe de justificación, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 2. Se invita directamente a los proveedores que pueden satisfacer de manera exclusiva las prestaciones contractuales requeridas,…
El informe refiere el alquiler de una nave para almacenar mobiliarios. Según los datos del portal, el mismo día se convocaron también los alquileres de las naves A y C para almacenamiento, con estimados de RD$27,755,554.08 y RD$32,919,819.36; junto con este proceso suman RD$79,286,824.32. Las naves pueden responder a necesidades y propiedades distintas, pero conviene verificar su planificación y justificación individual y conjunta.
“La cercanía del inmueble que origina del informe de la nave B que funciona como Almacén de Mobiliarios para dotar Los … el espacio del inmueble, se encuentra apto para ser alquilado a la institución para brindar servicios de” (pág. 3, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona