El registro de enmienda RAE-02, emitido el 27 de agosto de 2026, modifica y aclara el pliego y las especificaciones técnicas de la licitación DGII-CCC-LPN-2026-0008 para adquirir una solución ITSM y de Observabilidad por tres años. Entre otros cambios, precisa el alcance de 14 procesos, las cantidades de dimensionamiento, el inicio del período de vigencia y nuevas condiciones de precio, integración, soporte y residencia de datos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La previsibilidad y verificación del costo total frente a cargos variables por consumo.; El límite de dos meses deja de abarcar la implementación; esta queda sujeta al plan de trabajo propuesto.; Se elimina la pérdida de la condición de proveedor exclusivo como supuesto sancionable por sí solo; permanece la obligación de notificar..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda exige que las capacidades de observabilidad se administren desde una consola del mismo fabricante y establece que ITSM y Observabilidad sean de un único fabricante. Aunque permite fabricantes distintos si se acredita y documenta toda la integración y el soporte, esa alternativa añade condiciones que pueden reducir el conjunto de soluciones comparables; conviene verificar su necesidad y efecto competitivo.
“La totalidad de las capacidades de observabilidad requeridas, monitoreo de aplicaciones, experiencia de usuario real, aplicaciones móviles, bases de datos, ecosistema SAP, servidores, red y gestión de logs se administran desde una única”
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
La enmienda afirma que el monto ofertado es el costo total de tres años, pero también prevé cargos adicionales sujetos a consumos sin expresar en este pasaje límites o método de cálculo. Esto puede dificultar comparar el costo económico total de las ofertas; conviene verificar cómo se fija y evalúa ese componente.
“El monto ofertado constituye el costo total de la solución por los tres (3) años de vigencia. Existen cargos adicionales sujetos a consumo por volumen de datos de telemetría procesados, almacenados, transacciones de automatización u orquest”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Artículo 120.- Menor costo. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor costo, la institución contratante adoptará como el criterio de evaluación el de menor costo atendiendo al ciclo de vida; a fin de calcular el costo del ciclo de vida, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: 1) Los costos relativos a la adquisición; 2) Los costos de utilización, como el consumo de energía y otros recursos; 3) Los costos de mantenimiento; 4) Los costos de final de vida, como los costos de recogida y reciclado; 5) Los costos imputados a externalidades ambientales vinculadas a los bienes, servicios u obras durante su ciclo de vida, bajo la condición de que su valor…
Cambios que introduce (13)
Sección
Antes
Después
Efecto
Pliego, criterios de evaluación y propuesta técnicaNúmero de procesos funcionales requeridos
La lista de procesos incluía Gestión Financiera y el documento señalaba 14 procesos.
Se aclara que son 14 procesos y que la mención a Gestión Financiera fue un error material.
Aclara
Especificaciones técnicas, secciones 8 y 9Codificación de requerimientos duplicados
Había códigos repetidos para requerimientos de Configuraciones, Seguridad de la Información y Solicitudes.
Se asignan códigos diferenciados a los requerimientos duplicados; se declara que el contenido y alcance técnico no cambian.
Neutral
Pliego, Sección I, numeral 15Costo total y cargos variables
La enmienda identifica el tema como “Costo total cerrado y declaración de cargos variables”; no reproduce la redacción previa completa.
Se indica que el monto cubre tres años, pero también que existen cargos adicionales sujetos a consumos por varios volúmenes y actividades.
RelajaQuita un control: La previsibilidad y verificación del costo total frente a cargos variables por consumo.
Especificaciones técnicas, RTBOT01 a RTBOT08Procesamiento de inteligencia artificial
No se reproduce la redacción previa completa.
Se exige procesamiento dentro de la plataforma, sin transferir datos institucionales a modelos de terceros y sin cargos por conversación, sesión o consumo.
Endurece
Especificaciones técnicas, RTC01Ambiente no productivo
No se reproduce una condición previa sobre ambiente no productivo.
Se exige un ambiente no productivo sin costo adicional, con paridad funcional y sin consumo de licencias de operación.
Endurece
Especificaciones técnicas, vigencia y entregasInicio de los tres años y plazo de entrega
El soporte y mantenimiento por tres años se contaban desde la implementación; la entrega total de bienes tenía un plazo máximo de dos meses desde la firma.
Los tres años de licenciamiento, soporte y mantenimiento se cuentan desde la aceptación conforme del Producto III; los dos meses se aplican a entregar y activar licencias, mientras la implementación sigue el plan de trabajo propuesto.
RelajaQuita un control: El límite de dos meses deja de abarcar la implementación; esta queda sujeta al plan de trabajo propuesto.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Especificaciones técnicas, RFGE04 y REO01/REO02Monitoreo de red, consola e idioma
La enmienda refiere requerimientos previos de monitoreo y consola; no reproduce íntegramente su redacción.
Se detallan cantidades de dispositivos, puertos, interfaces y enlaces; se exige consola unificada del mismo fabricante para las capacidades de observabilidad y administración nativa en español.
Endurece
Especificaciones técnicas, RITC02Usuarios solicitantes y reasignación de licencias
No se reproduce la condición previa completa de licenciamiento.
Los solicitantes son ilimitados y sin costo; personal que solo recibe avisos o consulta no consume licencia, y las licencias pueden reasignarse sin costo ni penalidad.
Relaja
Especificaciones técnicas, RTC01, Producto IIIIntegración de ITSM y Observabilidad
No se reproduce la condición previa completa.
Se requiere integración y se establece preferencia por un fabricante único; si son fabricantes distintos, deben acreditarse las integraciones, cuantificarse sus componentes y designarse un responsable único de soporte respaldado oficialmente.
Endurece
Especificaciones técnicas, RFGDIS03, RFGDIS04 y RFGDTS05Diseño y transición de servicios TI
La enmienda indica que se modifican requerimientos previos, pero no transcribe su texto completo.
Se detallan capacidades de tareas, hitos y flujos configurables, gestión y reporte de costos presupuestados frente a reales, y enfoques Agile, híbridos o tradicionales.
Aclara
Especificaciones técnicas, residencia, disponibilidad y migraciónResidencia de datos, alta disponibilidad y volúmenes
No se reproducen las condiciones previas completas.
Se fijan residencia de datos en Estados Unidos o la Unión Europea con declaración y evidencia; se requiere alta disponibilidad, 15 administradores, migración desde HP Service Manager con volúmenes especificados y dimensionamiento de observabilidad y monitoreo sintético.
Endurece
Especificaciones técnicas, soporte y modalidad de prestaciónSLA, ubicación del soporte y trabajo presencial
No se reproducen las condiciones previas completas.
Se fijan tiempos de respuesta por severidad, soporte permanente en español y punto de contacto en República Dominicana; levantamiento, migración, integración, pruebas y puesta en producción serán presenciales en la sede central.
Endurece
Borrador de contrato, penalidad por exclusividadSupuesto que activa la penalidad
La cláusula se identificaba como penalidad por pérdida de la condición de distribuidor o proveedor exclusivo.
La penalidad del 1% por cada dos días procede por no notificar oportunamente la pérdida, no por la pérdida de la condición en sí misma.
RelajaQuita un control: Se elimina la pérdida de la condición de proveedor exclusivo como supuesto sancionable por sí solo; permanece la obligación de notificar.
SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docx