El documento establece especificaciones para adquirir e implementar una solución integrada de ITSM y Observabilidad durante tres años, con licenciamiento para 150 usuarios de ITSM y servicios de soporte y mantenimiento. El proceso tiene un presupuesto estimado de RD$50,000,000 y convocatoria del 22 de julio de 2026; este documento no identifica oferentes ni adjudica el contrato.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige al menos tres proyectos exitosos en los últimos tres años y cartas de referencia de al menos dos clientes, pero la evaluación requiere tres cartas de satisfacción; además, las cartas de referencia deben tener como máximo 30 días. La diferencia entre dos y tres cartas puede generar incertidumbre sobre la habilitación, y el conjunto de condiciones merece revisión por su efecto potencial en la concurrencia.
“El oferente debe presentar en su propuesta mínimo tres (03) proyectos de éxito en la implementación de herramientas de Ges�ón de Servicios de TI (ITSM) y Observabilidad de empresas y/o ins�tuciones de tamaño similar (100+ usuarios) en los”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Se califica como no subsanable la propuesta técnica y se exige referenciar la página de cada requisito funcional cuando no se declara expresamente su cumplimiento. La exigencia puede convertir omisiones de referencia documental en causa de exclusión, aunque el documento contempla la subsanación de documentos de soporte que no modifiquen las especificaciones de la oferta.
“Propuesta Técnica (No subsanable) … Nota: Para evaluar el cumplimiento de este requisito, la ficha técnica en cada requerimiento funcional debe indicar la referencia de la página donde se encuentra la información. Esto en caso de que no se ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal
El documento anuncia 14 procesos, pero la lista de evaluación incluye 15 nombres al contar Gestión Financiera y los demás procesos enumerados. La diferencia, junto con la inclusión de Gestión Financiera en esa lista, puede afectar la interpretación de qué debe cubrir la ficha técnica y cómo se evalúa.
“El oferente debe presentar en su propuesta la ficha técnica con los requerimientos funcionales establecidos en este pliego para los siguientes 14 procesos: … Gestión de Solicitudes, Gestión de Incidentes, Gestión Mesa de Servicio, Gestión d”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona