El estudio previo, elaborado el 20 de julio de 2026, justifica contratar por RD$5,000,000 una consultoría especializada para elaborar la Norma de Calidad del Servicio de Transmisión Eléctrica y propone la modalidad de Contratación Simplificada. Estima cuatro meses de duración contractual y ocho meses de vigencia, y plantea pagos en cinco partidas, incluido un pago inicial del 20%. También recomienda exigir garantías y establece perfiles y experiencia mínimos para el equipo consultor.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio incluye los «vicios ocultos del servicio» entre las garantías postcontractuales propuestas. El Reglamento 52-26 limita la garantía contra vicios ocultos a contratos de construcción de obras; corresponde verificar si esta exigencia se trasladó al pliego o a la contratación, pues podría añadir una carga no prevista para este servicio.
“Vicios ocultos del servicio: en caso de detectarse errores técnicos evidenciados durante la ejecución o recepción formal del servicio.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 212 · Ley 47-25, art. 162 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 212 — Garantía contra vicios ocultos
Artículo 212.- Garantía contra vicios ocultos. La garantía contra vicios ocultos aplica para los contratos cuyo objeto sea la construcción de obras.
Artículo 162.- Garantías. Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de contratación, las instituciones contratantes deberán exigir a los oferentes y adjudicatarios, mediante los pliegos de condiciones correspondientes, las garantías en la forma y montos definidos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las garantías deberán estar vinculadas a las etapas del procedimiento de contratación para las cuales son requeridas y no podrán constituirse en recaudos excesivos para la participación.
Aunque el objeto descrito es elaborar una norma de calidad del servicio de transmisión, el estudio justifica la garantía de fiel cumplimiento con referencia a resultados de una auditoría. Puede tratarse de texto reutilizado, pero conviene comprobar que la evaluación de riesgos y las garantías estén vinculadas a los entregables reales de esta consultoría.
“Esta garantía es esencial tomando en cuenta que los resultados de la auditoría servirán de base para decisiones regulatorias de alto impacto económico.”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona