El informe definitivo, emitido el 25 de agosto de 2026, evalúa las ofertas técnicas de Grupo Empresarial Oni3, SRL y Cerdroma Trade Solutions, SRL para la adquisición de tableros de baloncesto. Recomienda habilitar a Oni3 y no habilitar a Cerdroma porque el MICM informó que la certificación MIPYME presentada por esta última no fue emitida por esa institución; el informe no consigna montos ofertados.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego citado en el informe exige la actividad UNSPSC 49221507, pero la justificación para dar Cumple a Oni3 indica que su RPE tiene inscrito el rubro madre 49220000. Puede tratarse de una correspondencia jerárquica del catálogo; conviene verificar que ese rubro satisfaga el requisito específico del pliego.
“debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC actividad comercial referida - Tableros de basquetbol (Subsanable) … RPE posee inscrito rubro madre - Equipos y accesorios para Deportes.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 22 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 22 — Régimen jurídico de la contratación pública
Artículo 22.- Régimen jurídico de la contratación pública. Las contrataciones públicas sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley se regirán por: 1) La Constitución de la República; 2) Tratados y acuerdos internacionales con referencia a temas de contratación pública; 3) Las disposiciones de la presente ley; 4) Los reglamentos de aplicación de la presente ley y sus reglamentos especiales; 5) Las normas, políticas, decisiones u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas en el ámbito de su competencia; 6) Los respectivos pliegos de condiciones del procedimiento y sus enmiendas; y 7) El contrato o la orden de compras o de servicios. Párrafo…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
La tabla de recepción del informe identifica dos ofertas y el análisis incluye resultados para ambos oferentes, pero la decisión final califica a Oni3 como el único participante. La contradicción afecta la claridad del expediente sobre la concurrencia efectivamente evaluada.
“Resultado consolidado de evaluación definitiva de ofertas técnicas del procedimiento para la "ADQUISICION DE TABLEROS BASQUETBOL CON EL LOGO DEL MINISTERIO DE DEPORTES, DIRIGIDOA MIPYME MUJER." Referencia MIDEREC-CCC-CP-2026-0020 … el equip”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 118 · Ley 47-25, art. 23 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Artículo 23.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación generará un expediente administrativo bajo las formas, condiciones y responsabilidades previstas en la Ley sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán el plazo por el cual debe mantenerse disponible este expediente administrativo. Párrafo II.- Las personas con calidad e interés jurídico en el procedimiento de contratación de que se trate, tendrán acceso al expediente administrativo respectivo, sin perjuicio de las reservas justificadas por razones de confidencialidad o interés…
El informe marca como pendientes los formularios IR-2 y los estados financieros 2024-2025 de Cerdroma para medir los índices de solvencia y liquidez, pero concluye «Cumple» su documentación financiera y así la consolida en el cuadro definitivo. La inconsistencia no afectó el resultado del proceso: la oferente fue excluida porque el MICM declaró que su certificación MIPYME no fue emitida por esa institución.
“SUBSANAR | Pendiente de entregar los formularios IR2 de los años 2024 y 2025 para poder realizar la medición de los índices … Resultado preliminar de la documentación financiera: El oferente Cumple:”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 124 · Ley 47-25, art. 114 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…
Oferentes que registra (2)
1 habilitado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Grupo Empresarial Oni3, SRLCumple con la documentación legal, financiera y técnica, y con la muestra; se recomienda habilitarlo para la apertura del Sobre B.
Habilitado
Lote único
—
Cerdroma Trade Solutions, SRLLa evaluación concluye que no cumple el requisito MIPYME: el MICM informó que la certificación presentada no fue emitida por esa institución. El informe también registra documentos financieros pendientes de subsanación y, pese a ello, consigna un resultado financiero de Cumple.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona