La Contraloría General solicita propuestas mediante excepción de selección directa para contratar servicios de publicidad por seis meses, con un valor referencial de RD$15,072,360.00 incluidos los impuestos. La solicitud está fechada el 10 de agosto de 2026; fija la recepción de ofertas para el 31 de agosto y el inicio del servicio para el 20 de septiembre de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego establece pago contra factura con crédito a 30 días, sin incluir el anticipo del 30% que la Ley dispone para las contrataciones con MIPYMES. La regla aplica también a procesos no reservados exclusivamente a MIPYMES.
“El pago será a presentación de factura y recepción con crédito a 30 días. Estos pagos se harán en un período no mayor de 30 días contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas del servicio”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego exige estar al día con las obligaciones fiscales y de seguridad social, sin mencionar la excepción que permite participar a MIPYMES con atrasos de hasta seis meses. La condición puede restringir la participación de empresas que la ley habilita a ofertar bajo ese supuesto.
“1) Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), no tiene que ser depositado, será verificado en línea por la institución. 2) Estar al día con el pago de sus obligaciones de la Seguridad So”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona