Certificación presupuestaria posterior a la convocatoria
· hace 1 mes
El acta de aprobación está fechada el 24 de agosto y la certificación presupuestaria que identifica el expediente es del 28 de agosto; según el portal, la convocatoria se publicó el 26 de agosto. La secuencia merece verificar si la apropiación estaba disponible y se publicó junto con la convocatoria, como exige el marco aplicable.
“VISTA la Certificación de Apropiación Presupuestaria de fecha veintiocho (28) del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026) que CERTIFICA que el Presupuesto General del Estado para el año 2026, aprobado por la Ley dispone de un balanc”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
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