La circular del 26 de agosto de 2026 solicita a Cajufa, SRL que, antes del 31 de agosto de 2026 a las 11:00 a. m., subsane dos documentos: uno que indique que el equipo no excede tres años de fabricación a la fecha de la oferta y otro que asegure la disponibilidad de accesorios, insumos y repuestos durante al menos diez años desde su fabricación. Advierte que la falta de respuesta conllevará la descalificación del proceso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
1 mencionado
| Oferente | Resultado en el acta | Lote o grupo | Monto |
|---|---|---|---|
| Cajufa, SRLDestinataria de una solicitud para subsanar dos documentos sobre la antigüedad de fabricación del equipo y la continuidad de fabricación y comercialización de accesorios, insumos y repuestos; la circular no decide su habilitación o descalificación. | Mencionado | — | — |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona