La Circular núm. 01, fechada el 7 de agosto de 2026, responde consultas sobre la entrega e instalación de cinco equipos de rayos X, el UPS y las adecuaciones de los centros. Confirma que el proveedor asumirá los costos de instalación y que la institución realizará las adecuaciones eléctricas; también indica que el techo del Centro Diagnóstico La Feria no podrá modificarse estructuralmente. Rechaza las cuatro solicitudes de flexibilizar especificaciones técnicas y mantiene los requisitos del pliego.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El consultante afirma que la altura disponible en La Feria no alcanza el mínimo de 2.70 m y la institución responde que el techo no puede modificarse estructuralmente. Conviene verificar que el equipo exigido pueda instalarse en ese centro sin alterar el objeto o las condiciones del proceso; la consulta por sí sola no acredita la medida ni una incompatibilidad definitiva.
“Actualmente todos los sitios cumplen con el espacio requerido para proceder con la instalación del equipo en cuanto a la altura, ancho y largo, con excepción del Centro Diagnóstico La Feria, en este sitio, la altura disponible es limitada y”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
La circular atribuye al proveedor todos los costos necesarios para la instalación, pero también indica que la institución realizará las adecuaciones eléctricas. Conviene precisar en el expediente qué trabajos y costos comprende cada responsabilidad para que las ofertas se comparen sobre un alcance común; la respuesta podría distinguir entre la ejecución de la adecuación eléctrica y los demás costos de instalación.
“Será responsabilidad exclusiva del proveedor adjudicado asumir todos los costos asociados a la prestación del servicio, incluyendo, sin limitarse a, transporte, instalación, materiales, equipos, mano de obra y cualquier otro gasto necesario”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Resolución única, numerales 2 y 7Responsabilidad por costos de instalación y adecuaciones eléctricas
La consulta preguntaba quién asumiría la adecuación de la infraestructura eléctrica monofásica a trifásica; el alcance de esa responsabilidad no queda precisado en la consulta.
La circular indica que el proveedor asumirá los costos necesarios para la instalación y que la institución realizará las adecuaciones correspondientes de electricidad.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona