El acta del 14 de agosto de 2026 aprobó el informe de evaluación económica y adjudicó a Luamci Company, S.R.L. los dos ítems —readecuación de baños y construcción de muro— por RD$9,494,321.30, al considerarla la oferta de menor precio y económicamente sustentable. También registra que Virro, S.R.L. no subsanó y quedó excluida de la apertura de su oferta económica.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para Premium Business Service, el informe consigna que la garantía era inferior al 1% de la oferta y vencía el 28 de julio, antes del acta de adjudicación del 14 de agosto; aun así, la evaluación económica registra que cumple. La contradicción merece revisión de la aplicación del criterio, sin que el documento establezca que esta oferta resultara adjudicada.
“monto que no cumple con el lya del total de la oferta económica, y que consigna una vigencia desde el 03 de julio de 2026 hasta el 28 de julio de 2026 … Resultado de la evaluación: En 1o relativo al Formulario de presentación de oferta”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 202 · Reglamento 52-26, art. 203 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 202 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 202.- Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es de un uno por ciento (1 %) del monto de la oferta presentada. Esta es de cumplimiento obligatorio y debe incluirse dentro del sobre que contiene la oferta económica o “Sobre B”.
Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El acta dice que los precios de Luamci estaban fuera del rango establecido y que se pidió fundamentar los precios unitarios de partidas concretas. La respuesta reproducida describe categorías de costos y la utilidad de los materiales, pero no expone cifras unitarias verificables; pese a ello, el comité la consideró sustentable y adjudicó ambos ítems. Merece revisión de cómo se verificó la viabilidad económica.
“Dichos montos se encuentran fuera del rango establecido, lo que motiva un nuevo examen de su propuesta económica … precios presentados se encuentran I debidamente sustentados en función del I alcance de cada partida y de los recursos”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 123 — Exclusiones de ofertas temerarias
Artículo 123.- Exclusiones de ofertas temerarias. La institución contratante podrá excluir una oferta si determina que el precio o el costo indicado en ella resultan temerarios en relación con el objeto de la contratación y suscita dudas acerca de la aptitud del oferente para eventualmente cumplir el contrato; en estos casos, la institución contratante deberá agotar previamente las actuaciones siguientes: 1) Solicitar por escrito al oferente correspondiente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato; y 2) Estudiar toda información adicional facilitada por el oferente conjuntamente con la que ya consta…
Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias
Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
Oferentes que registra (6)
4 habilitado · 1 adjudicado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Consorcio Valdez DuvalEl acta lo incluye entre los oferentes habilitados para la evaluación económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona