La Circular núm. 001-2026, de fecha 2026-08-24, responde 22 consultas de la licitación SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0008 y precisa condiciones para el servicio anual de seguridad física, incluidas las 55,344 horas sujetas a las necesidades institucionales. Confirma la escala de la plantilla para el bloque de almacén, una copia del formulario económico, la presentación de la última auditoría SVSP durante la visita de los peritos y que no se requiere listado de personal propuesto hasta después de la adjudicación. También establece que las ofertas económicas o garantías de seriedad incluidas en el Sobre A implican descalificación sin más trámite.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se reduce la evidencia histórica requerida de dos auditorías a una y se difiere su revisión desde la oferta técnica hasta la visita de los peritos.; La revisión de la identidad y disponibilidad del personal propuesto se posterga hasta después de adjudicar..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Evaluación técnica — Bloque B, AlmacénEscala de puntuación
La consulta identifica diferencias: pliego y especificaciones asignan 3, 3 y 4 puntos a control de seguridad, acceso restringido y clasificación; la plantilla asigna 4, 4 y 5.
La circular confirma que se aplica la escala de la plantilla: 4, 4 y 5 puntos; anuncia una enmienda al pliego.
Aclara
Documentación de la oferta económicaCopias del formulario SNCC.F.033
El pliego indicaba original y una copia; las especificaciones técnicas indicaban original y dos copias.
Se confirma un original y una copia simple, conforme al pliego, y se anuncia una enmienda a las especificaciones técnicas.
Relaja
Requisitos SVSPNúmero y momento de presentación de auditorías
La consulta señala que el pliego pide las dos últimas auditorías SVSP, mientras la matriz puntúa la última; también pregunta si deben incluirse completas en el Sobre A.
La circular establece que se requiere la última auditoría y que se presentará durante la visita de los peritos, no en el Sobre A.
RelajaQuita un control: Se reduce la evidencia histórica requerida de dos auditorías a una y se difiere su revisión desde la oferta técnica hasta la visita de los peritos.
Oferta técnica — personal propuestoListado de vigilantes y certificaciones psicológicas
La consulta solicita el número mínimo de vigilantes y sus certificaciones para el listado de personal propuesto; la circular no indica un mínimo previo.
Se indica que no se requiere el listado en esta etapa y que se solicitará luego de la adjudicación.
RelajaQuita un control: La revisión de la identidad y disponibilidad del personal propuesto se posterga hasta después de adjudicar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
· hace 1 mes
La circular establece que cualquier oferta económica, cotización o garantía de seriedad ubicada en el Sobre A causa descalificación «sin más trámite». La separación de sobres protege la confidencialidad económica, pero la regla no distingue entre la divulgación de precios y la ubicación de una garantía ni prevé una revisión individual antes de excluir.
“El oferente que presente su oferta económica, cotización o garantía de seriedad de la oferta en el SOBRE A o SOBRE 1, queda DESCALIFICADO sin más trámite.”
Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas
Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
Artículo 108.- Oferta económica. El sobre de la oferta económica se denominará “Sobre B” y deberá contener: 1) El precio propuesto o el costo, tomando en cuenta el ciclo de vida del bien, servicio u obra ofertada, cuando corresponda; 2) La garantía de la seriedad de la oferta, cuando aplique al procedimiento; y 3) Una declaración jurada o certificación de “oferta libre de colusión”, en la que el oferente certifique que la oferta presentada es auténtica, se ha realizado de buena fe y con la intención de aceptar la adjudicación del contrato con la entidad contratante, declarando que dicha oferta se encuentra exenta de cualquier tipo de conducta o práctica colusoria.
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
La circular indica que las 55,344 horas corresponden a los puestos identificados, pero que su consumo depende de las necesidades institucionales; además, los puestos pueden reubicarse en cualquier localidad y el precio unitario permanece invariable. La ausencia de un mínimo de horas comprometido puede afectar la estimación de costos y la comparabilidad económica; conviene contrastar esta distribución de riesgos con el pliego y el contrato.
“Las 55,344 horas corresponden a la cantidad de horas requeridas para cubrir los puestos de servicio actualmente identificados durante el período de vigencia del contrato. No obstante, su consumo estará sujeto a las necesidades institucional”