Verificar la forma de autorización previa de la urgencia
· hace 1 mes
El acta identifica como antecedente una comunicación de la Máxima Autoridad que autorizó tramitar la excepción. El Reglamento exige que el procedimiento de urgencia inicie con una resolución motivada de la máxima autoridad, sustentada en un informe pericial; conviene verificar si la comunicación cumple esa forma y contiene la motivación requerida. El acta también menciona un informe justificativo, pero no establece que la comunicación sea la resolución exigida.
“VISTA: La comunicación núm. VPE-1446 emitida en fecha nueve (9) de julio de dos mil veintiséis (2026) por la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), mediante la cual autoriza al Comité de Contrat”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 160 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 160 — Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia
Artículo 160.- Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia. En los casos de situaciones de urgencia, deben aplicarse las siguientes reglas particulares: 1. El procedimiento debe iniciar con una resolución motivada de la máxima autoridad de la institución, la cual debe sustentarse en un informe pericial que justifique el uso de la excepción. Esta resolución autoriza al Comité de Contrataciones Públicas a organizar, gestionar y ejecutar el procedimiento. 2. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el informe de justificación, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 3.…
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