Se formaliza la adjudicación de una única oferta por el monto referencial
· hace 1 mes
Esta acta convierte en decisión de adjudicación la situación que el informe consolidado previo describe como una única oferta, por RD$15,160,000, igual al monto referencial. Al no haber comparación de precios entre propuestas, el resultado contractual por el monto completo merece revisión; la excepción para arrendamiento de inmuebles es una explicación posible de la competencia limitada, no elimina la relevancia de verificar la razonabilidad del precio.
“ADJUDICA, al la empresa FUNDACION PATRIA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y COMUNITARIO, RNC, correspondiente al proceso de Excepción de Inmuebles para uso Estatal ... por un monto total de QUINCE MILLONES CIENTO SESENTA MIL PESOS D”
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
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