Alquiler para uso educativo frente a restricción de gasto de 2026
· hace 2 meses
El documento registra el alquiler de un inmueble para alojar un centro educativo y nombra a una fundación en los renglones. El artículo 10(d) del Decreto 51-26 restringe, salvo autorización expresa, el arrendamiento de instalaciones privadas para celebrar actividades, con excepciones para actividades formativas; conviene verificar si este arrendamiento operativo queda comprendido y, en tal caso, si existe autorización, pues esta solicitud no la menciona.
“OBJETO DE LA COMPRA: CONTRATACIÓN DEL ALQUILER DE UN INMUEBLE PARA ALOJAR EL CENTRO EDUCATIVO ALIC, PERTENECIENTE AL DISTRITO EDUCATIVO 11-02, PUERTO PLATA … 2.2.5.1.01 | Alquiler de inmueble/ FUNDACION PATRIA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL”
Qué dice la ley: Decreto 51-26, art. 10 · con ChatLeyes
Decreto 51-26, artículo 10
ARTÍCULO 10. Quedan prohibidos, salvo autorización expresa del Ministro Administrativo de la Presidencia, los compromisos de gastos originados por los conceptos siguientes: a) Fiestas, agasajos, recepciones, celebraciones u otras actividades de similar naturaleza, con excepción de las que realicen la Presidencia de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Turismo en honor a jefes de Estado, ministros, delegaciones oficiales o personalidades del mundo político, cultural, científico o comercial de otros países que visiten la República Dominicana. b) Donaciones o contribuciones en provecho de terceros o servidores públicos, salvo que las mismas formen parte del…
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