El documento solicita a la Fundación Patria para el Desarrollo Integral y Comunitario una propuesta para el alquiler de un inmueble de 177 m² destinado al Centro Educativo ALIC; la convocatoria se identifica como contratación directa y fija el cierre para el 14 de agosto de 2026. Establece una vigencia de dos años, un pago mensual de RD$590,000 con ITBIS incluido y un monto total de RD$15,160,000, además de un depósito de RD$1,000,000. También indica que la omisión de determinados formularios estandarizados no impediría evaluar la oferta, pese a que los enumera entre los documentos requeridos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego identifica el trámite como selección directa y dirige la solicitud a la Fundación Patria. Aunque el portal registra 14,013 proveedores notificados, conviene verificar cómo se cumplió la convocatoria pública que el reglamento prevé para arrendamientos y si se sustentó la excepción de selección directa por tratarse del único proveedor capaz de satisfacer la necesidad.
“Solicitud de propuesta para procedimiento de excepción, mediante contratación directa, para el arrendamiento de inmuebles para uso Estatal. Señores: FUNDACION PATRIA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y COMUNITARIO”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
Los 24 pagos mensuales de RD$590,000 suman RD$14,160,000; el monto total de RD$15,160,000 añade exactamente RD$1,000,000, que el calendario de 2026 también incorpora. El documento describe ese depósito como garantía que debe constituir el adjudicatario, pero lo incluye en el total del alquiler y menciona «los dos depósitos»; debe aclararse el flujo, la imputación presupuestaria y la devolución para distinguir renta de fondos reembolsables.
“Se pagará la suma de quinientos mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$500,000.00), mensuales y con ITBIS incluido asciende a la suma quinientos noventa mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$590,000.00); y la suma de un millón pesos dominicano”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 135 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos
Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…
El pliego enumera formularios de oferta, compromiso ético y debida diligencia entre los documentos del procedimiento, pero afirma que la omisión de cualquiera de los formularios estandarizados no puede causar rechazo ni impedir la evaluación. Esa salvedad puede debilitar la verificación documentada de la identidad y de las declaraciones del oferente; conviene precisar qué controles alternativos se aplican y cómo se resuelve la contradicción con los requisitos enumerados.
“Formulario de presentación de oferta técnica SNCC.F.034 ➢ Formulario de presentación de oferta económica SNCC.F.033 ➢ Compromiso Ético de Proveedores (As) Del Estado. ➢ Formulario estándar de debida diligencia y conflicto de intereses”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona