Publicado el 19 ago de 2026Fechado el 18 ago de 20269 páginasEn el mensaje «NOTIFICACION DE INFORME DEFINITIVO DE EVALUACION TECNICA, INFORME DE EVALUACION DE OFERTA ECONOMICAS Y ACTA DE ADJUDICACION»
El informe, fechado el 19 de agosto de 2026, evalúa la oferta económica de Empresa de Proyectos, Inspección y Construcción Cabritos, SRL (ÉPICA), único oferente habilitado, y recomienda adjudicarle el lote único por RD$40,418,325.68, impuestos incluidos. El monto se distribuye en RD$18,850,768.96 para el ítem 1 y RD$21,567,556.72 para el ítem 2; el informe también consigna que los otros cuatro oferentes no fueron habilitados y que su oferta económica no se ponderó.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe justifica que no se exigiera garantía de seriedad porque el proceso estaba dirigido a MIPYMES, mientras que la ficha del portal indica que no estaba reservado a MIPYMES. La exención legal se refiere a contrataciones con MIPYMES; conviene verificar la certificación y condición aplicable al adjudicatario en la fecha pertinente. El registro aportado acredita que ÉPICA figura como MIPYME en una consulta posterior, no su condición durante el proceso.
“por tratarse de un proceso dirigido a proveedores certificados como MIPYMES.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
Macuri Group, SRLEl informe refiere defectos no subsanables en la ficha técnica y/o el cronograma, subsanaciones no atendidas o atendidas incorrectamente y un resultado financiero no conforme e insubsanable; oferta incompleta respecto del lote único.
No habilitado
Lote único
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Obras Civiles y Eléctricas (OCESA), SRLEl informe refiere defectos no subsanables en la ficha técnica y/o el cronograma y subsanaciones no atendidas o atendidas incorrectamente.
No habilitado
Lote único
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Constructora Segura Vicente (CONSEVISA), SRLEl informe refiere defectos no subsanables en la ficha técnica y/o el cronograma, subsanaciones no atendidas o atendidas incorrectamente y oferta incompleta respecto del lote único.
No habilitado
Lote único
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Servicios Múltiples 4KML, SRLEl informe refiere defectos no subsanables en la ficha técnica y/o el cronograma y subsanaciones no atendidas o atendidas incorrectamente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona