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Abriendo la ficha…

Informe justificativo

Informe Justificativo.pdf

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DEL ALQUILER DEL INMUEBLE DESTINADO AL EDIFICIO CORPORATIVO TORRE SERRANO, EN SANTO DOMINGO, DISTRITO NACIONAL · Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur

Publicado el 11 ago de 2026Fechado el 7 may de 202618 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EDESUR-CCC-PEIN-2026-0007

Lo que dice

El informe justificativo técnico-pericial, fechado el 8 de mayo de 2026, solicita contratar directamente a COBINCA, S.A. el alquiler por dos años del inmueble Torre Serrano para el edificio corporativo de EDESUR, con inicio previsto el 7 de octubre de 2026. Consigna un alquiler de US$5,285,324.19 y un total de US$5,649,477.71 al incluir depósitos de garantía; sustenta la solicitud en la continuidad operativa, la infraestructura instalada y la disponibilidad limitada de inmuebles equivalentes.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Selección directa para inmueble sin acreditar que sea la única alternativa

Documento del 11 ago 2026 · hace 2 meses

El informe propone la excepción de proveedor único para el arrendamiento y refiere una disponibilidad «limitada» de inmuebles equivalentes, pero no consigna evidencia concreta que demuestre que solo COBINCA puede satisfacer la necesidad. El Reglamento contempla para inmuebles una convocatoria pública y reserva la selección directa al supuesto excepcional de un único proveedor, respaldado por justificación reforzada; la continuidad y la infraestructura existente podrían explicar la necesidad, pero requieren sustento frente a alternativas posibles.

““se propone la formalización del arrendamiento mediante un procedimiento de excepción por selección directa de proveedor único (PEPU)” … “la disponibilidad de inmuebles con características equivalentes en el sector Ensanche Naco, Santo Domi”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · Reglamento 52-26, art. 166 · Reglamento 52-26, art. 151 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal

Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos

Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción

Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…

Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
COBINCA, S.A.El informe propone su selección directa como proveedor único para el arrendamiento; este informe no consigna una adjudicación.Mencionado—RD$5,649,478

Otros documentos del proceso (10)

  • ACTO ADM. 412. APRUEBA ESPECIFICACIONES.pdfPliego · 11 ago de 2026 · 1 señal
  • ACTO ADM. 412. APRUEBA ESPECIFICACIONES.pdfPliego · 11 ago de 2026 · 1 señal
  • Certificación de Existencia de Fondos.pdfCertificación de fondos · 11 ago de 2026 · 1 señal
  • Ficha técnica.pdfPliego · 11 ago de 2026 · 1 señal
  • Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 19 ago de 2026
  • Solicitud de Propuesta.pdfPliego · 19 ago de 2026 · 2 señales
  • Anexos.rarDocumento · 19 ago de 2026
  • Ficha técnica.pdfPliego · 15 sept de 2026 · 1 señal
  • 505-2026 Acto Adj PEIN-2026-0007 Alquiler Torre Serrano.pdfDocumento · 15 sept de 2026
  • Informe final del portalDocumento · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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