El Comité de Contrataciones Públicas del INEFI aprobó el informe de evaluación económica y adjudicó el ítem 1 del proceso INEFI-CCC-CP-2026-0033 a GRUPO GRIRIBE, S.R.L. por RD$5,000,000.00, impuestos incluidos. El acta, fechada el 19 de agosto de 2026, consigna que fue la única oferta habilitada y que cumplió los requisitos y el criterio de adjudicación, en un procedimiento exclusivo para MIPYMES.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$5,000,000.00, igual al monto estimado registrado en el portal, y el proceso tuvo un único oferente habilitado. La coincidencia no prueba por sí sola una irregularidad, pero amerita contrastar la estimación de mercado y la razonabilidad del precio con referencias independientes.
“GRUPO GRIRIBE, S.R.L. | CUMPLE | Adjudicar para el Ítem 1. Por un monto de RD$5,000,000.00” (pág. 10, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
El acta adjudica en un proceso exclusivo para MIPYMES. El registro consultado el 2026-09-28 indica que la empresa no es MIPYME en esa fecha posterior a la adjudicación; ese dato no demuestra cuál era su condición en agosto de 2026, por lo que conviene verificar la certificación vigente al momento pertinente.
“ADJUDICAR como en efecto ADJUDICA al oferente: 1.- GRUPO GRIRIBE, S.R.L., RNC, RPE: 134699, para el Item 1, por un monto de CINCO MILLONES DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$5,000,000.00), en el Procedimiento de” (pág. 15, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 222 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Reglamento 52-26, artículo 222 — Reservas de contrataciones a MIPYMES
Artículo 222.- Reservas de contrataciones a MIPYMES. En adición a las establecidas en la Ley núm. 47-25, se aplican las siguientes reglas a los procedimientos de contratación reservados a proveedores que tengan la condición de MIPYMES o de MIPYMES dirigidas por mujeres: 1. El valor estimado del objeto contractual debe encontrarse dentro de rangos que, según el análisis correspondiente, sean típicamente accesibles para MIPYMES, considerando variables como la capacidad financiera promedio, los niveles de facturación según clasificaciones oficiales y el número de proveedores inscritos. 2. Pueden reservarse contratos destinados a satisfacer necesidades recurrentes en distritos municipales o…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
GRUPO GRIRIBE, S.R.L.Única oferta habilitada; el acta indica que cumplió con los requisitos y criterios de adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona