miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego. CP-22 .pdf

Adquisición de Tickets de Combustible para la Flotilla Vehicular (Áreas Operativas y Administrativas) de la Institución · Comité Ejecutor de Infraesctrutura de Zona Turísticas

Publicado el 18 ago de 202634 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CEIZTUR-CCC-CP-2026-0022

Lo que dice

El pliego de julio de 2026 establece las condiciones para adquirir tickets prepagados de gasoil por un presupuesto base de RD$5,000,000.00, mediante contratación simplificada, con ofertas previstas para el 31 de agosto de 2026. Fija la adjudicación según el mayor descuento o bonificación y regula requisitos técnicos, entre ellos experiencia previa y cobertura territorial de estaciones.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$5 millones

Pago previsto a 45 días

Documento del 18 ago 2026 · hace 1 mes

El pliego fija un plazo de hasta 45 días calendario desde la certificación del contrato, mientras que la Ley 47-25 establece un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento. La diferencia merece revisión por su efecto en las condiciones de pago al proveedor.

“La institución contratante procederá a realizar un pago único por el valor total del Contrato, contra entrega de los bienes adjudicados y en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días calendarios contados a partir de la certificación d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentosRD$5 millones

Referencia bancaria sin parámetro verificable de solvencia

Documento del 18 ago 2026 · hace 1 mes

El pliego indica que la documentación financiera debe permitir verificar estabilidad financiera, pero el requisito descrito es una carta que certifique una relación bancaria «satisfactoria», sin definir indicadores o umbrales de capacidad financiera. Conviene revisar si ese criterio permite comprobar objetivamente la solvencia necesaria para ejecutar el contrato.

“La documentación requerida en materia financiera deberá permitir verificar que el oferente/proponente mantiene una relación satisfactoria con una institución bancaria. En tal sentido, el Oferente/Proponente deberá acreditar dicha condición ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Exclusión por parentesco en cualquier grado

Documento del 18 ago 2026 · hace 1 mes

El pliego condiciona la participación a no tener parentesco por consanguinidad o afinidad en cualquier grado con funcionarios, directivos o empleados de la institución. La Ley 47-25 establece para las inhabilidades relativas límites de parentesco hasta el segundo grado; el alcance más amplio del pliego puede restringir la concurrencia y conviene verificar su fundamento.

“No mantenga vínculos de parentesco por consanguinidad o afinidad en cualquier grado con funcionarios, directivos o empleados de la institución, tanto en el Ministerio de Turismo como en el Comité Ejecutor de Infraestructuras de Zonas Turíst”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar

Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

A revisarHallazgo en documentos

Experiencia mínima exigida para un bien común

Documento del 18 ago 2026 · hace 1 mes

Para la compra de tickets de combustible, el pliego exige al menos tres experiencias similares de los últimos tres años y declara no subsanable el formulario de experiencia. Por el monto y la naturaleza del bien, merece revisión si la cantidad y recencia exigidas son proporcionales y si la regla puede limitar la participación de proveedores con capacidad de ejecución acreditable por otros medios.

“Formulario de Experiencia (SNCC.D.049). Deberá presentar un mínimo de tres (3) experiencias similares correspondientes a los últimos tres (3) años (No Subsanable).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

A revisarHallazgo en documentos

Prohibición amplia a empresas con socios coincidentes

Documento del 18 ago 2026 · hace 1 mes

El pliego impide la participación simultánea de empresas que compartan alguno de sus socios o accionistas, sin distinguir si la misma persona presenta más de una oferta o si existe una vinculación que afecte la competencia. Ese alcance puede excluir participantes más allá de la prohibición legal de multiplicidad de participación de una misma persona.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Otros documentos del proceso (18)

  • Modelo contrato bienes.pdfContrato · 17 abr de 2026
  • Compromiso Etico Oferentes.pdfDocumento · 13 ago de 2026
  • FORMULARIOS CP-2026-22.zipDocumento · 13 ago de 2026
  • Linea Base CEIZTUR (6).pdfDocumento · 13 ago de 2026
  • Sol. Apropiacion. CP-22.pdfDocumento · 13 ago de 2026
  • Sol. Compras. CP-22.pdfSolicitud de compra · 13 ago de 2026 · 1 señal
  • Acta de inicio. CP-22.pdfPliego · 13 ago de 2026 · 1 señal
  • Acta Registro Peritos. CP-22.pdfInforme pericial · 13 ago de 2026 · 1 señal
  • ADP. CP-22.pdfInforme pericial · 13 ago de 2026 · 1 señal
  • Autorizacion MAE. CP-22.pdfActa · 13 ago de 2026
  • Compromiso etico. CP-22.pdfDocumento · 13 ago de 2026
  • Estudios previos. CP-22.pdfEstudio previo · 13 ago de 2026 · 2 señales

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Texto oficial completo
Esta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
  • Ficha tecnica. CP-22.pdfPliego · 13 ago de 2026 · 1 señal
  • Sol. Apoderamiento. CP-22.pdfDocumento · 13 ago de 2026
  • Sol. Autorizacion. CP-22.pdfAutorización · 13 ago de 2026
  • Convocatoria gral. CP-22.pdfDocumento · 18 ago de 2026
  • Acta de Adjudicacion. CP-22.pdfActa de adjudicación · 25 sept de 2026
  • Informe final del portalDocumento · —