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Abriendo la ficha…

Enmienda

Enmienda 01 al Pliego condiciones.pdf

Construcción de La Plaza del Marisco · Ayuntamiento Municipal de Sánchez

Publicado el 18 ago de 2026Fechado el 17 ago de 20262 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AMDS-DAF-CM-2026-0002

Lo que dice

La Enmienda núm. 01, fechada el 18 de agosto de 2026, modifica el apartado sobre la garantía de seriedad de la oferta y añade reglas para su devolución. Indica que los oferentes certificados como MIPYME no deben presentar esa garantía, aunque conserva en el texto referencias a una exigencia del 1%.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarEnmienda relaja un control

Enmienda relaja un control del pliego

Documento del 18 ago 2026 · hace 1 mes

El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina para las MIPYMES la garantía que respaldaba el mantenimiento de la oferta; el artículo 175.2 de la Ley 47-25 dispone que no se requiere garantía de seriedad para MIPYMES..

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones

Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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ContextoHallazgo en documentos

Redacción ambigua sobre la garantía de seriedad para MIPYMES

Documento del 18 ago 2026 · hace 1 mes

La enmienda mantiene que se exigirá una garantía del 1% y que para MIPYMES su cuantía se reduce a 1%, pero luego indica que el oferente MIPYME certificado no debe presentar el documento. Dado que el proceso figura reservado a MIPYMES, conviene verificar cuál instrucción se aplicó; la exención expresa coincide con la regla legal.

“En el presente procedimiento se exigirá garantía de mantenimiento y de seriedad de la oferta por un monto equivalente al 1% de la oferta presentada. … Si se trata de un oferente certificado como MIPYME no será requerido el documento.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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Cambios que introduce (2)

SecciónAntesDespuésEfecto
Numeral 11.2, literal d)Garantía de seriedad de la ofertaEl texto establecía una garantía del 1% y señalaba que, para procedimientos exclusivos de MIPYMES, su cuantía se reducía a 1%.Se conserva esa referencia al 1%, pero se añade que el oferente certificado como MIPYME no debe presentar el documento de garantía.RelajaQuita un control: Se elimina para las MIPYMES la garantía que respaldaba el mantenimiento de la oferta; el artículo 175.2 de la Ley 47-25 dispone que no se requiere garantía de seriedad para MIPYMES.
Numeral 11.2, literal e)Devolución de la garantía de seriedadEl documento no incluía en el literal d) un procedimiento específico de devolución.Se añade un plazo máximo de diez días hábiles y tres momentos de devolución: descalificación técnica, adjudicación o recepción de la garantía de fiel cumplimiento.Aclara

Otros documentos del proceso (12)

  • Pliego de Condiciones Proceso Ref. AMDS-DAF-CM-2026-0002.pdfPliego · 13 ago de 2026 · 7 señales
  • Especificaciones Tecnicas.pdfPliego · 13 ago de 2026
  • Estudios Previos.pdfEstudio previo · 13 ago de 2026 · 1 señal
  • FORMULARIOS.zipDocumento · 13 ago de 2026
  • LISTADO DE PARTIDAS PRESUPUESTO PLAZA DEL MARISCO.xlsxDocumento · 13 ago de 2026
  • PLANOS.zipDocumento · 13 ago de 2026
  • Requerimiento del proceso.pdfSolicitud de compra · 13 ago de 2026 · 1 señal
  • Acta-inicio-del-proceso-DAF-0002.pdfPliego · 13 ago de 2026 · 1 señal
  • Certificacion-existencia-fondos-DAF-0002.pdfCertificación de fondos · 13 ago de 2026
  • Convocatoria procedimiento.pdfDocumento · 18 ago de 2026
  • ACTA DE ADJUDICACION - AMDS-DAF-CM-2026-0002-- (1) (1).pdfActa de adjudicación · 9 sept de 2026 · 2 señales

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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