El pliego establece las condiciones para construir la Plaza del Marisco en Sánchez, dirigida exclusivamente a MIPYMES, con presupuesto base de RD$27,572,914.00 y plazo de ejecución de hasta 180 días calendario. Fija requisitos técnicos y financieros, evaluación de cumple/no cumple y adjudicación al menor precio. Según los datos del proceso aportados, EDICODC fue adjudicada por RD$26,676,069.49.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego incluye la excepción que permite a MIPYMES participar y ser adjudicadas con atrasos fiscales o de seguridad social de hasta seis meses, pero también exige estar al día con DGII y TSS como requisitos evaluables. La contradicción puede incidir en la habilitación de oferentes MIPYME.
“Certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), donde se manifieste que el oferente se encuentra al día en el pago de sus obligaciones fiscales. … Copia de la certificación emitida por la Tesorería de la Segurid”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social
Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…
El pliego programa para el 24 de agosto la apertura, verificación y evaluación de las ofertas técnicas y económicas. La Ley establece que las ofertas económicas se abran en fecha distinta y posterior a la apertura y evaluación final de las técnicas; la programación descrita merece revisión para verificar la separación efectiva de etapas y la confidencialidad de las ofertas.
“Apertura, verificación, validación y evaluación del contenido de las ofertas técnicas "Sobre A" y “Sobre B” Lunes 24 de agosto de 2026, 11:00 a.m.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
La cláusula permite aplicar uno o varios índices, establecer nuevos límites o utilizar otros métodos de evaluación financiera. Esa amplitud puede alterar los requisitos de habilitación frente a los valores y métodos detallados en el propio pliego, por lo que conviene verificar que no se incorporen criterios nuevos durante la evaluación.
“La institución contratante, con base en los estudios previos realizados y de manera proporcional a la magnitud de la obra, podrá aplicar uno, todos o varios de estos índices financieros y establecer nuevos límites aceptables, o aplicar otro”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El pliego requiere experiencia en al menos tres obras civiles de monto aproximado de RD$30,000,000.00, mientras el presupuesto base de esta obra es RD$27,572,914.00. La exigencia acumulada puede restringir la participación y amerita verificar su proporcionalidad respecto del objeto y la capacidad que realmente requiere.
“Presentar evidencia de experiencia en mínimo tres (3) proyectos ejecutando obras civiles de un monto aproximado a RD$ 30,000,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Se exige una certificación de crédito comercial específica para el procedimiento, por al menos el 25% de la oferta, y se declara no subsanable. Para una obra con presupuesto base de RD$27,572,914.00, el requisito equivale aproximadamente a RD$6.9 millones si la oferta se aproxima al presupuesto; conviene revisar si es proporcional y qué proveedores pueden emitirla.
“Certificación de crédito comercial, emitida específicamente para este procedimiento, relacionada al sector construcción. El monto certificado no debe ser menor al 25% del monto total de la oferta. Para ser válidas, estas certificaciones no ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego consigna RD$27,572,914.00 y el portal registra un estimado de RD$27,572,194, una diferencia de RD$720. Aunque el monto adjudicado informado es inferior a ambos valores, conviene confirmar cuál cifra respaldó la apropiación y la evaluación económica.
“El presupuesto base para CONSTRUCCIÓN DE LA PLAZA DEL MARISCO de AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SÁNCHEZ asciende a VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CATORCE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$27,572,914.00).”
El pliego establece pagar las cubicaciones en un plazo no mayor de 45 días desde que la cubicación es certificada por el supervisor o responsable del contrato. El artículo 148 de la Ley 47-25 fija un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago prevista en el contrato y se presenta el requerimiento; dado que el pliego además condiciona el pago a la aprobación de la supervisión y de la instancia autorizada, ambos plazos parten de momentos distintos y conviene verificar la compatibilidad de la cláusula con el máximo legal.
“Estos pagos se harán en un período no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el supervisor o responsable del contrato.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona