El Acta núm. 0374-2026, de fecha 2026-08-13, aprueba el informe definitivo de evaluación técnica del proceso INABIE-CCC-LPN-2026-0011 y habilita a Insocorp, SRL, Daxel Dominicana, SRL y Widex Dominicana, SRL para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. No habilita a Atlanta Biopharma, Compra-Med, Corporea RD, Laudio Audiología, Creekview Capital y Jumedical Farmacéutica. El acta también consigna que la debida diligencia detectó una alteración en una carta de disponibilidad de crédito presentada por Compra-Med y menciona una actuación irregular de Corporea RD en un proceso previo de la institución.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La debida diligencia del proceso consigna que la carta de disponibilidad de crédito de Compra-Med presentaba una alteración. Aunque el oferente no fue habilitado, conviene verificar el documento y las actuaciones de validación relacionadas.
“Se pudo comprobar que la carta de disponibilidad de crédito supuestamente emitida por el Banco Popular Dominicano presenta una alteración.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Insocorp, SRLEl acta lo habilita para la apertura y evaluación de la oferta económica tras cumplir los requisitos legales, financieros y técnicos.
Habilitado
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RD$241,878,563
Daxel Dominicana, SRLEl acta lo habilita para la apertura y evaluación de la oferta económica tras cumplir los requisitos legales, financieros y técnicos.
Habilitado
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Atlanta Biopharma, SRLNo subsanó la documentación legal y financiera requerida; el acta señala incumplimientos en la declaración jurada, referencias crediticias y documentación financiera.
No habilitado
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Compra-Med, SRLNo cumplió los requisitos financieros ni técnicos tras la subsanación; el acta también consigna una alteración en su carta de disponibilidad de crédito.
No habilitado
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RD$213,652,216
Corporea RD, SRLNo cumplió los requisitos financieros y técnicos; el acta señala que la carta presentada no estaba avalada por la Superintendencia de Bancos y que presentó órdenes de compra en lugar de las referencias solicitadas.
No habilitado
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RD$209,229,228
Laudio Audiología, SRLNo cumplió los requisitos financieros; el informe definitivo consigna que no tenía una línea de crédito aprobada.
No habilitado
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Widex Dominicana, SRLEl acta lo habilita para la apertura y evaluación de la oferta económica tras cumplir los requisitos legales, financieros y técnicos.
Habilitado
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Creekview Capital, SRLNo cumplió las especificaciones técnicas en el ítem 2, único ítem en que participó, según el informe definitivo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El informe indica que en este procedimiento de debida diligencia no identificó hallazgos para Corporea RD, pero consigna una actuación irregular de la empresa en un proceso previo ante la institución. El acta no detalla ese antecedente; es un dato que amerita verificación documental, sin que por sí solo establezca una irregularidad en este proceso.
“Que, en el presente proceso de debida diligencia no fueron identificados hallazgos. No obstante, se verificó que en un proceso previo ante la institución flie identificada una actuación irregular contraria a los principios de transparencia ”