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Abriendo la ficha…

Acta · Acta RES-CC-386-2026

ACTA DE APROBACIÓN DE EXCEPCIÓN.pdf

CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS LEGALES DE ASESORÍA Y REPRESENTACIÓN JURÍDICA EN MATERIA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, ADMINISTRATIVA, TRIBUTARIA, PENAL, PROCESOS DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN · Empresa de Distribución Eléctrica del Norte

Publicado el 12 ago de 2026Fechado el 11 ago de 20265 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EDENORTE-CCC-PEJU-2026-0003

Lo que dice

El 12 de agosto de 2026, mediante la Resolución RES-CC-386-2026, el Comité de EDENORTE autorizó usar la excepción de representación jurídica y aprobó las especificaciones del proceso EDENORTE-CCC-PEJU-2026-0003; también designó peritos para evaluar las ofertas. El acta registra cotizaciones por RD$2,464,800.00 para José Elías Salas Valerio, RD$2,464,800.00 para Tomás Belliard & Asociados y RD$2,931,000.00 para Taveras-Jiménez Consultores Legales, S.R.L., que suman RD$7,860,600.00. La contratación se prevé por doce meses desde el 1 de septiembre de 2026; las resoluciones transcritas autorizan la excepción y nombran peritos, pero no adjudican el contrato.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$7.9 millones

El acta describe montos como ya adjudicados antes de resolver

Documento del 12 ago 2026 · hace 2 meses

En los antecedentes se denomina «monto total adjudicado por firma» a los importes de las cotizaciones, aunque las resoluciones del acta solo autorizan la excepción, aprueban especificaciones y designan peritos, sin adjudicar. Podría ser una imprecisión terminológica, pero conviene verificar que la evaluación y la decisión de adjudicación se produjeran después y conforme a los criterios del proceso.

“De conformidad con el informe pericial de la Gerencia de Litigios y las cotizaciones presentadas por las firmas convocadas, en el proceso Núm. EDENORTE-CCC-PEJU-2026-0003 PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS LEGALES DE ASESORÍA Y REPRESENT”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 18 · Ley 47-25, art. 125 · Reglamento 52-26, art. 125 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 18 — Comités de contrataciones públicas

Artículo 18.- Comités de contrataciones públicas. Los comités de contrataciones públicas son órganos deliberativos y decisorios permanentes que conocerán, a lo interno de la estructura organizacional de las instituciones, las contrataciones sometidas al ámbito de aplicación de la presente ley, los cuales tendrán de manera indicativa y no limitativa, las funciones siguientes: 1) Aprobar mediante acto administrativo el procedimiento de selección para contratar y el pliego de condiciones correspondiente; 2) Aprobar mediante resolución motivada el uso de algunas de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección previstos en la presente ley; 3) Aprobar o rechazar el dictamen de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato

Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.

Oferentes que registra (3)

3 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
José Elías Salas ValerioEl acta registra que presentó una cotización; no consigna una adjudicación.MencionadoServicios legalesRD$2,464,800
Tomás Belliard & AsociadosEl acta registra que presentó una cotización; no consigna una adjudicación.MencionadoServicios legalesRD$2,464,800
Taveras-Jiménez Consultores Legales, S.R.L.El acta registra que presentó una cotización; no consigna una adjudicación.MencionadoServicios legalesRD$2,931,000

Otros documentos del proceso (18)

  • FORMATO DE CONTRATO.pdfContrato · 12 ago de 2026
  • Informe estudio previos.pdfPliego · 12 ago de 2026 · 1 señal
  • Informe pericial.pdfPliego · 12 ago de 2026 · 2 señales
  • Términos de referencia.pdfPliego · 12 ago de 2026 · 1 señal
  • Solicitud de propuesta act..pdfPliego · 12 ago de 2026 · 5 señales
  • SOLICITUD DE COMPRA O CONTRATACIÓN.pdfSolicitud de compra · 12 ago de 2026 · 1 señal
  • CERTIFICADO EXISTENCIA DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · 12 ago de 2026 · 1 señal
  • ACTA DE APROBACIÓN DE EXCEPCIÓN .pdfPliego · 12 ago de 2026
  • FORMATOS.rarDocumento · 12 ago de 2026
  • ACTO DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 3 sept de 2026
  • ACTA NOTARIAL.pdfActa · —
  • ACTO DE ADJUDICACION.pdf

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  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 125 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación

Artículo 125.- Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Contrataciones Públicas o el responsable del procedimiento, según corresponda, aprueba, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, la relación de lugares ocupados y la recomendación de adjudicación de los peritos. Posteriormente, debe emitir el acta de adjudicación correspondiente. Párrafo I. El acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación debe ser publicada de forma íntegra, con todos sus soportes, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y notificarse directamente a todos los oferentes participantes. Párrafo II. Cuando se trate de un…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

La resolución remite a un artículo que no fija los plazos para recurrir

Documento del 12 ago 2026 · hace 2 meses

El aviso indica que los recursos deben interponerse dentro de los plazos del artículo 78 de la Ley 47-25, que regula los tipos de procedimientos de excepción, no los plazos de los recursos. La referencia imprecisa puede generar incertidumbre sobre el plazo aplicable; corresponde contrastarla con las reglas de recursos de la ley.

“se indica a todos los aferentes con interés legítimo sobre este proceso, que la presente Resolución puede ser recurrida de manera administrativa ante el órgano emisor y luego en apelación por ante la Dirección General de Contrataciones Públ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 205 · Ley 47-25, art. 208 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 205 — Plazo para la interposición del recurso

Artículo 205.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso de reconsideración deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha en que el acto perfecciona su eficacia, ya sea por su notificación a través de las vías físicas o electrónicas establecidas a esos fines, o mediante su publicación, cuando esta pueda sustituir a la notificación, de conformidad con las reglas previstas en la presente ley.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 208 — Plazo para la interposición del recurso

Artículo 208.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso jerárquico impropio deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha en que la resolución impugnada sea notificada, de conformidad con las mismas reglas aplicables al recurso de reconsideración.

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