El pliego de julio de 2026 convoca la construcción del Parque Barrio Blanquizal, en un lote único, mediante contratación menor y con presupuesto referencial de RD$24,171,458.44. Fija un plazo de ejecución de 12 meses, recepción de ofertas hasta el 26 de agosto de 2026 y evaluación técnica y económica con puntajes de 70 y 30 puntos, respectivamente.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego permite considerar temeraria una oferta que quede más de 10% por debajo del presupuesto de RD$24,171,458.44. Según el portal y el acta previa, Acosmith, Izeron y Zara Amelia ofertaron RD$21,754,312.60 cada una, que es exactamente el 90% del estimado; la coincidencia con el límite merece verificar la formación independiente de los precios, sin que por sí sola pruebe coordinación.
“Si el precio de la oferta es inferior en más de un diez por ciento (10%) con relación al presupuesto base o valor referencial del lote o ítem, o del presupuesto general si es un único lote, se considerará no sustentable o temerario”
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Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias
Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.
Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias
Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
Se exige como requisito financiero una línea de crédito equivalente al 20% del valor ofertado, además de estados financieros, referencias bancarias y comerciales e índices financieros. Para una obra estimada en RD$24,171,458.44, ese porcentaje representa aproximadamente RD$4.83 millones sobre el estimado; su proporcionalidad respecto del objeto y del flujo de ejecución merece revisión.
“Presentar línea de crédito correspondiente al 20% del valor ofertado.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El texto principal fija la garantía de seriedad en 1%, pero la tabla de evaluación económica menciona «1% o 4% según aplique», sin identificar cuándo correspondería el 4%. La discrepancia puede generar incertidumbre sobre el costo y la condición de habilitación de las ofertas.
“Garantía de la Seriedad de la Oferta del 1% o del 4% según aplique, Esta deberá ser presentada mediante póliza”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 202 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 202.- Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es de un uno por ciento (1 %) del monto de la oferta presentada. Esta es de cumplimiento obligatorio y debe incluirse dentro del sobre que contiene la oferta económica o “Sobre B”.
El pliego asigna puntos a la experiencia del contratista en obras similares y a la experiencia del personal, sin que en este apartado justifique por qué la complejidad o especialidad de la obra hace indispensable ponderar comparativamente requisitos de calificación. Debe verificarse si esos elementos se tratan como calificación o como criterios técnicos vinculados al objeto.
“Presentar evidencia de experiencia en mínimo cinco (5) proyecto de obras similares en magnitud. … Al menos cinco (5) obras de ejecución y/o trabajos similares en magnitud: 10 puntos”
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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El plazo de ejecución previsto es de 12 meses y el pliego establece una vigencia de 12 meses para la garantía, aunque también dice que debe cubrir hasta el cumplimiento y la liquidación. Si la liquidación se produce después de esos 12 meses, la garantía podría vencer antes de cubrir el período requerido; conviene precisar cómo se mantiene vigente.
“La vigencia de la garantía será de doce (12) meses, contados a partir de la constitución de esta y hasta el fiel cumplimiento y hasta la liquidación del contrato.”
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Reglamento 52-26, artículo 208 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 208.- Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato, orden de compra u orden de servicio. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía debe mantenerse vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas o desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. De existir fallas o desperfectos debidamente demostrados y notificados al adjudicatario, y este se negare a repararlos, debe ejecutarse la garantía. Párrafo II. Cuando la prestación del servicio o la entrega del bien u obra no vaya a realizarse en la fecha prevista, el proveedor debe prorrogar…
El pliego prohíbe que participen simultáneamente empresas que coincidan en algún accionista, sin limitar la prohibición a una misma persona que presente varias ofertas ni referir una determinación concreta de control o práctica prohibida. La regla puede excluir oferentes jurídicamente distintos y reducir la competencia; conviene verificar cómo se aplicaría.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identificación de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación
Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Para ofertas en papel dispone un único sobre con ambas ofertas y señala que se abren el mismo día. Esto puede exponer el precio antes de terminar la evaluación técnica y debilitar la separación y confidencialidad de las propuestas.
“por tratarse de una contratación menor las Propuestas Técnicas y Propuestas Económicas , se apertura el mismo día. … Para las ofertas presentadas en formato papel los (las) oferentes presentarán un único sobre, contentivo de la oferta técni”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 106 · Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas
Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
El pliego contempla una retención de 10% del costo de la obra para personal técnico de inspección y supervisión, y otra de 5% del costo para personal que inspeccionará y supervisará en la obra. La posible superposición y el modo de calcular y liquidar ambos conceptos podrían afectar los pagos netos y requieren aclaración.
“El Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR) podrá retener, el diez por ciento (10%) de retención del costo de la obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará permanentemente la obra … El Instituto para e”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona