Publicado el 14 sept de 2026Fechado el 8 sept de 202699 páginasEn el mensaje «INFORME DE EVALUACIÒN ECONOMICA y tecnica Y RECOMENDACIÒN DE ADJUDICACIÒN y evidencias de documentos subsanados»
El informe de evaluación, fechado el 9 de septiembre de 2026, registra ocho ofertas para la construcción del Parque Barrio Blanquizal y recomienda adjudicar el lote único a Grupo Conar SRL por RD$23,123,604.55, con puntuación total de 94.72. El cuadro de puntuaciones técnicas asigna 23.00 puntos a LINKCO y 41.50 a Izeron, aunque el pliego establece un mínimo de 49 puntos técnicos para pasar a la evaluación económica; el informe, además, los incluye entre quienes cumplieron lo requerido.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija 49 puntos técnicos como mínimo para pasar a la evaluación económica. El informe asigna 23.00 puntos técnicos a LINKCO y 41.50 a Izeron, pero calcula sus puntuaciones económicas y los incluye en la lista final de oferentes que cumplieron; esto merece revisar la habilitación y la aplicación uniforme del umbral.
““Link Constructora (LINKCO), SRL ... 23.00 ... 52.72 … Construcciones Y Materiales Izeron, SRL ... 41.50 ... 71.50” … “Cumplió con lo requerido en el pliego””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 114 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 114 — Objeto de evaluación
Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
En la evaluación del enfoque metodológico para una obra de parque, el informe describe el plan como correspondiente a un proyecto de «infraestructura sanitaria». Como la puntuación técnica integra el criterio de adjudicación, conviene verificar que la valoración aplicada y sus fundamentos correspondan al objeto de este proceso.
““Esto significa que el plan de gestión de riesgo y cambio climático de su proyecto de infraestructura sanitaria es integral, preciso y sólido.””
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Link Constructora (LINKCO), SRLPuntuación técnica de 23.00, inferior al mínimo de 49 puntos establecido en el pliego para pasar a la evaluación económica; pese a ello, el informe registra puntuación económica y señala que cumplió.
No habilitado
Único
RD$21,962,187
Volcad Proyectos, SRLEl informe indica que cumplió con lo requerido; puntuación total 91.87.
Habilitado
Único
RD$21,754,318
Construcciones Y Materiales Izeron, SRLPuntuación técnica de 41.50, inferior al mínimo de 49 puntos establecido en el pliego para pasar a la evaluación económica; pese a ello, el informe registra puntuación económica y señala que cumplió.
No habilitado
Único
RD$21,754,313
VORNAMAR, SRLEl informe indica que cumplió con lo requerido; puntuación total 91.15.
Habilitado
Único
RD$24,885,905
Consorcio Casa Armes, SRL y Constructora ACOSMITH, S.R.L.El informe indica que cumplió con lo requerido; puntuación total 91.15.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona