El documento, fechado en julio de 2026, contiene especificaciones generales para proyectos residenciales y no residenciales, aunque el proceso corresponde a la construcción de un parque en Barahona. Incluye requisitos de personal, domicilio y equipos para el contratista, además de un listado de cantidades identificado como presupuesto de ejecución de una vivienda en la provincia Independencia, con precios unitarios y totales en cero.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El anexo exige experiencia específica del profesional, dos brigadas simultáneas y que el ingeniero o arquitecto establezca domicilio en la provincia del proyecto, además de disponibilidad de equipos. Son condiciones que pueden restringir quién puede competir; conviene verificar su proporcionalidad y relación con la construcción del parque y el plazo previsto.
“En caso de empresas constructoras, deben estar representadas por un profesional de la construcción colegiado, con al menos cinco años de experiencia en supervisión o gestión de proyectos de edificaciones. El contratista mantendrá un mínimo ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El anexo incorpora un presupuesto de una vivienda de 63 m² en Independencia, no del parque objeto del proceso, y sus precios figuran en cero. Aunque el portal registra que existen planos y un listado de cantidades del parque en otros documentos, conviene verificar qué especificaciones y cantidades rigen para cotizar y ejecutar este contrato.
“PROYECTO : PRESUPUESTO DE EJECUCION PARA UNA VIVIENDA. PROYECTO : CONSTRUCCION DE CASAS TIPO B, CONSTRUIDAS EN MUROS DE BLOQUES Y TECHADA DE ALUZINC CAL.34 CON UN AREA DE CONSTRUCCION DE 63 M2. UBICACION : PROVINCIA INDEPENDENCIA.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona