Requisitos de habilitación pueden restringir el tipo de oferente
· hace 2 meses
La circular rechaza que emisores o suministradores de tickets acrediten capacidad mediante acuerdos con estaciones afiliadas y limita la experiencia válida a la de proveedor de combustibles. Además, responde que sí a la pregunta sobre licencia mayorista, pero luego admite establecimientos con constancia provisional del MICM; conviene verificar cómo se concilian esos criterios y su relación con el objeto de adquirir tickets.
“RESPUESTA: Sí, de acuerdo con lo establecido en la guía de buenas prácticas para la contratación eficiente de combustible, Son válidos para este servicio los Establecimientos de Expendio de Combustibles, que cuenten con una Constancia de Re”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
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