El acta, fechada el 28 de julio de 2026, adjudica a Bignaga Enterprises, SRL la adquisición de tickets de gasolina por RD$5,100,000. Consigna que fue el único participante y que cumplió los requisitos técnicos, legales y económicos. El monto coincide con el estimado informado para el proceso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta indica que Bignaga Enterprises, SRL fue el único participante. El portal reporta 3,760 proveedores notificados; conviene revisar la concurrencia efectiva, sin que el número de notificaciones por sí solo pruebe que todos fueran potenciales oferentes idóneos.
“VISTO: Que, conforme al referido informe, el oferente fue el único participante y su oferta resulto conveniente para el interés de la institución, recomendando su adjudicación.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El acta afirma que la Dirección Administrativa y Financiera dicta la aprobación y luego que la Unidad de Compras y Contrataciones aprueba la adjudicación, aunque también califica el acto como del Comité de Contrataciones Públicas. La Ley asigna al Comité la competencia para estos procedimientos y para aprobar adjudicaciones; conviene verificar qué órgano adoptó formalmente la decisión.
“En consecuencia, la Unidad de Compras y Contrataciones procede a aprobar, como al efecto aprueba, la adjudicación del Procedimiento de Contratación Simplificada No. AYUNTAMIENTO SAN P.-DAF-CP-2026-0011…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 18 · Ley 47-25, art. 68 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 18 — Comités de contrataciones públicas
Artículo 18.- Comités de contrataciones públicas. Los comités de contrataciones públicas son órganos deliberativos y decisorios permanentes que conocerán, a lo interno de la estructura organizacional de las instituciones, las contrataciones sometidas al ámbito de aplicación de la presente ley, los cuales tendrán de manera indicativa y no limitativa, las funciones siguientes: 1) Aprobar mediante acto administrativo el procedimiento de selección para contratar y el pliego de condiciones correspondiente; 2) Aprobar mediante resolución motivada el uso de algunas de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección previstos en la presente ley; 3) Aprobar o rechazar el dictamen de…
Ley 47-25, artículo 68 — Competencia para la organización, gestión y ejecución
Artículo 68.- Competencia para la organización, gestión y ejecución. La competencia para la organización, gestión y ejecución de los procedimientos de selección previstos en los artículos 60, 62, 63, 64, 65, 66 y 67 de la presente ley, se distribuirá de la forma siguiente: 1) Para los procedimientos de licitación pública, licitación pública abreviada, subasta inversa, sorteo de obras y contratación simplificada, serán competentes los Comités de Contrataciones Públicas de las instituciones contratantes; 2) Para el procedimiento de contratación menor será competente la Dirección Administrativa en coordinación con la Dirección Jurídica, o las unidades equivalentes, previa autorización de la…
El portal registra para Bignaga Enterprises, SRL una oferta de RD$0 con estado «Cargada / Pendiente», mientras que el acta adjudica RD$5,100,000. El estado pendiente podría reflejar un registro incompleto o desactualizado; conviene conciliarlo con la oferta económica y el registro del resultado.
“DECLARAR ADJUDICATARIO al oferente BIGNAGA ENTERPRISES, SRL, por un monto de RD$5,100,0000.00 (Cinco millones cien mil pesos dominicanos con 00/100), por cumplir con todos los requisitos técnicos, legales y económicos exigidos en el procedi”
Bignaga Enterprises, SRLEl acta indica que fue el único participante, que cumplió los requisitos técnicos, legales y económicos y que su oferta resultó conveniente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona