El pliego establece la adquisición de tickets de gasolina para julio, agosto y septiembre de 2026, con un monto estimado de RD$5,100,000 y entregas mensuales indicadas por RD$1,700,000. También fija requisitos de elegibilidad, evaluación y ejecución contractual; el documento presenta inconsistencias en las cantidades y en las condiciones de pago que requieren aclaración.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Una cláusula prevé pago mensual después de facturar y entregar los tickets, en un plazo de 15 días hábiles; otra dispone pago dentro de cinco días de la firma contra garantía por la totalidad del anticipo, sin indicar su cuantía. La diferencia afecta el flujo de fondos y las garantías que deben considerar los oferentes.
“La condición de pago establecida es mensualmente a crédito, después de enviadas las facturas con comprobante electrónico gubernamental electrónico por el proveedor y entregados los tickets de combustibles mensuales a la institución, se”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 210 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 210 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo
Artículo 210.- Monto de la garantía de buen uso de anticipo. El monto de la garantía del buen uso de anticipo debe ser por el total que se haya de recibir como adelanto en base a dicho concepto.
El pliego califica toda la documentación técnica como no subsanable, incluyendo permisos y constancias exigidos para acreditar requisitos. Aplicada de forma general, esa regla puede excluir ofertas por documentos subsanables; la Ley dispone que los documentos de acreditación de requisitos de calificación son subsanables si el oferente cumplía el requisito al presentar su oferta.
“11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable]”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
El pliego indica en una tabla «1000 x 1000» con valor de RD$1,100,000, mientras otra consigna «1,100 x 1000» para ese mismo valor. Si la primera cantidad es correcta, los valores de esa línea y el total mensual de RD$1,700,000 no se reconcilian con las cantidades indicadas; debe aclararse qué cantidad y valor rigen para cotizar y entregar.
“1000 x 1000 = RD$1,100 … 000 1,100 x 1000 = RD$1,100,000”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona