Publicado el 4 ago de 2026Fechado el 2 ago de 202616 páginasEn el mensaje «Notificación de Habilitados a Sobre B e Informe Definitivo de Ofertas Técnicas»
El informe definitivo, emitido el 3 de agosto de 2026, recomienda habilitar a Logicone, SRL y al Consorcio Sitcorp, SRL–Nubedo, SRL para abrir sus ofertas económicas. Consigna 80/80 puntos para Logicone y 70/80 para el consorcio, y confirma que ambos cumplen los requisitos legales, financieros y técnicos. La puntuación de Logicone aumentó tras aceptarse una reclamación sobre dos certificaciones, asignándole 5 puntos por cada requisito.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Tras una comunicación de Logicone solicitando revisar dos puntuaciones de cero, los peritos consultaron al fabricante y asignaron 5 puntos por cada requisito, elevando el resultado de 70 a 80. Conviene verificar que la aceptación de esa certificación se ajustó a las evidencias y reglas de valoración publicadas, pues la puntuación puede incidir en la evaluación comparativa; el informe no permite determinar por sí solo su efecto en la adjudicación.
“Una vez revisada y analizada por el cuerpo de peritos se procedió a realizar la consulta con el fabricante Microsoft, quien respondió que la certificación Dynamics Chain Management representa la evolución funcional y tecnológica de las capa”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 116 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
El informe identifica como participante al Consorcio Sitcorp-Nubedo, mientras que el portal registra una oferta pendiente bajo Sitcorp, SRL por RD$27,946,920. El dato del portal podría corresponder a la oferta del consorcio presentada por su integrante o estar desactualizado; conviene verificar la correspondencia entre esa oferta económica y la propuesta técnica del consorcio.
“correspondientes a los siguientes oferentes: Nombre del oferente | Registro Nacional de Contribuyentes | Registro de Proveedor del Estado 1. Logicone, SRL | | 13047 2. Consorcio Sitcorp SRL-Nubedo SRL”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 35 · Reglamento 52-26, art. 61 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 35 — Oferentes
Artículo 35.- Oferentes. Podrán participar como oferentes en los procedimientos de contrataciones públicas previstos en la presente ley las personas siguientes: 1) Las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, u otras entidades con capacidad jurídica para contratar y asumir obligaciones, que hagan oferta de obras, bienes o servicios requeridos por las instituciones contratantes; y 2) Dos o más personas de las indicadas en el numeral 1) de este artículo, que presenten oferta como un conjunto y actuando como una sola persona y que, en consecuencia, serán consideradas como un consorcio, asumiendo responsabilidad solidaria frente a la institución contratante; a tales fines,…
Reglamento 52-26, artículo 61 — Reglas de participación en consorcio
Artículo 61.- Reglas de participación en consorcio. Las personas físicas o jurídicas que deseen participar en un procedimiento de contratación bajo la modalidad de consorcio, según lo establece el numeral 2) del artículo 35 de la Ley núm. 47-25, deben cumplir con las siguientes condiciones: 1. Las personas que conformen el consorcio deben estar inscritas, cada una, en el Registro de Proveedor del Estado. 2. Los consorcios deben acreditar ante la institución contratante el acuerdo o convenio por el cual se formalizan, incluyendo su objeto, las obligaciones de las partes para la preparación y presentación de ofertas y la ejecución contractual, la capacidad de ejercicio de cada miembro, así…
Oferentes que registra (4)
2 habilitado · 2 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Logicone, SRLCumple los requisitos legales, financieros y técnicos; obtuvo 80 de 80 puntos y se recomienda habilitarlo para la apertura del Sobre B.
Habilitado
Proceso
—
Consorcio Sitcorp, SRL-Nubedo, SRLTras presentar el RPE provisional para consorcios, el informe concluye que cumple los requisitos legales, financieros y técnicos; obtuvo 70 de 80 puntos y se recomienda habilitarlo para la apertura del Sobre B.
Habilitado
Proceso
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Sitcorp, SRLIntegrante del Consorcio Sitcorp, SRL-Nubedo, SRL; el informe no la identifica como oferta individual.
Mencionado
Consorcio Sitcorp, SRL-Nubedo, SRL
—
Nubedo, SRLIntegrante del Consorcio Sitcorp, SRL-Nubedo, SRL; el informe no la identifica como oferta individual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona