jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO LPN 01 ATAUDES.pdf

ADQUISICION DE ATAUDES · Instituto Nacional de Auxilios y Viviendas

Publicado el 31 jul de 202643 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAVI-CCC-LPN-2026-0001

Lo que dice

El pliego del proceso INAVI-CCC-LPN-2026-0001 establece la compra, en lote único, de 1,505 ataúdes de fabricación nacional, dirigida exclusivamente a MIPYMES, con valor referencial de RD$29,753,222.00 y cierre de ofertas el 16 de septiembre de 2026. El portal registra un monto estimado distinto, RD$29,183,473.20, y tres ofertas cargadas pendientes. El documento fija pagos tras la entrega y recepción, y permite subcontratar hasta el 50% del monto.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Límite de subcontratación supera el máximo general

Documento del 31 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego permite subcontratar hasta el 50% sin condicionar ese porcentaje a que las empresas subcontratadas sean MIPYMES. La ley fija un máximo general de 45% y permite llegar a 50% especialmente cuando las subcontratadas sean MIPYMES; corresponde verificar la compatibilidad de la regla del pliego con esa condición.

“El(la) contratista podrá subcontratar la ejecución de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones, con la previa y expresa autorización de la institución contratante de acuerdo con el numeral 2) del artíc”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · Ley 47-25, art. 176 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación

Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 176 — Porcentaje subcontratación entre MIPYMES

Artículo 176.-Porcentaje subcontratación entre MIPYMES. El porcentaje de subcontratación permitido podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento (50%), de manera especial, cuando las empresas subcontratadas sean Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

El pliego remite a normas anteriores para reglas y recursos

Documento del 31 jul 2026 · hace 2 meses

Aunque identifica el proceso como sujeto a la Ley 47-25 y al Reglamento 52-26, incluye reglas de prelación basadas en la Ley 340-06 y remite recursos a sus artículos 67 y 72. Esa información puede confundir sobre las reglas vigentes y las vías de impugnación aplicables al proceso convocado en 2026.

“3) Ley núm. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras y sus modificaciones, del 18 de agosto de 2006.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 22 · Ley 47-25, art. 200 · Ley 47-25, art. 204 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 22 — Régimen jurídico de la contratación pública

Artículo 22.- Régimen jurídico de la contratación pública. Las contrataciones públicas sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley se regirán por: 1) La Constitución de la República; 2) Tratados y acuerdos internacionales con referencia a temas de contratación pública; 3) Las disposiciones de la presente ley; 4) Los reglamentos de aplicación de la presente ley y sus reglamentos especiales; 5) Las normas, políticas, decisiones u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas en el ámbito de su competencia; 6) Los respectivos pliegos de condiciones del procedimiento y sus enmiendas; y 7) El contrato o la orden de compras o de servicios. Párrafo…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 200 — Actos recurribles

Artículo 200.- Actos recurribles. Los actos dictados al amparo de la presente ley podrán ser objeto de recurso administrativo cuando se refieran a las actuaciones siguientes: 1) La aprobación del procedimiento ordinario de selección o de alguna de las excepciones previstas en la presente ley; 2) La designación de los peritos; 3) La aprobación del pliego de condiciones y de sus adendas y enmiendas, así como de cualquier documento que rija el procedimiento de contratación; 4) Los actos preparatorios o de trámite cualificados, entendidos como aquellos que deciden directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o…

A revisarHallazgo en documentos

Prohibición de participación por accionistas coincidentes

Documento del 31 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego impide participar simultáneamente a empresas que compartan algún accionista, además de prohibir la multiplicidad de participación de una misma persona. Esa extensión puede excluir a personas jurídicas distintas por una coincidencia societaria, sin que el texto limite el impedimento a una misma persona que presente más de una oferta.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

La inspección en una dirección registrada puede ser causa automática de exclusión

Documento del 31 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego vincula la calificación a que el oferente sea hallado en la dirección del Registro Mercantil y establece la descalificación si no se encuentra allí. Esta condición geográfica merece revisión por su efecto excluyente frente a otras instalaciones operativas que pudieran acreditar la capacidad de fabricación.

“En caso de existir discrepancias respecto a la fabricación de ATAUDES y la actividad operativa real del Oferente/Proponente, así como de no encontrarse en la dirección que aparece en el registro mercantil, significa la NO calificación de la”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego no prevé el anticipo obligatorio para MIPYMES

Documento del 31 jul 2026 · hace 2 meses

El procedimiento está reservado a MIPYMES, pero el pliego condiciona los pagos a la entrega y recepción de los bienes y no prevé el anticipo del 30% establecido para estas empresas. La condición puede afectar su flujo de caja y la preparación de ofertas.

“La Entidad Contratante procederá a realizar los PAGOS, TREINTA (30) días calendarios a partir de la recepción de los ataúdes ordenados mediante órdenes de compra que serán confeccionadas después de la Certificación del contrato por parte de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
ContextoHallazgo en documentosRD$12.4 millones

Industrias Martmo declara en DGII venta de maderas; el pliego exige verificar fabricación

Documento del 31 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego exige carta de fabricante y autoriza visitas a fábricas y almacenes para constatar la fabricación de ataúdes. Según la consulta DGII (2026-10-12), Industrias Martmo, SRL declara actividad de venta al por menor de maderas y artículos de madera y corcho; el dato no prueba incumplimiento, pero la capacidad de fabricación debió acreditarse en la evaluación técnica previa a adjudicarle RD$12,363,450.

“Carta del Oferente/Proponente indicando que él será el fabricante de los Ataúdes ofertados, en la misma debe indicar el domicilio del taller, que debe ser la misma que aparece en el registro mercantil.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 72 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 72 — Calificación para contratar

Artículo 72.- Calificación para contratar. Las condiciones específicas para determinar que un oferente se encuentra calificado para asumir las prestaciones contractuales procuradas por una institución contratante deben estar establecidas en el pliego de condiciones correspondiente, atendiendo a las condiciones generales previstas en el artículo 37 de la Ley núm. 47-25.

ContextoHallazgo en documentosRD$569,749

Pliego consigna valor referencial distinto al monto del estudio previo y del portal

Documento del 31 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego fija un valor referencial de RD$29,753,222.00 (cifra que también consigna como monto presupuestado en sus antecedentes), mientras el estudio previo y el portal registran RD$29,183,473.20, una diferencia de RD$569,748.80. Ambos montos superan el umbral de Licitación Pública Nacional y la adjudicación se resolvió por menor precio, por lo que la discrepancia no afectó el resultado, pero constituye una incoherencia entre el pliego y el estudio previo que el art. 99 del Reglamento 52-26 exige evitar.

“El valor referencial para esta compra asciende a Veintinueve Millones setecientos cincuenta y tres mil doscientos veintidós pesos con 00/100 centavos (RD$29,753,222.00),”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado

Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto

Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.

Texto oficial completo

Oferentes que registra (3)

3 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Rama Fabricantes y Suplidores, SRLOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.MencionadoLote únicoRD$0
Fernandez & Sanchez, SRLOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.MencionadoLote únicoRD$0
Industrias Martmo, SRLOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; el documento no consigna evaluación ni adjudicación. Según la consulta DGII del 2026-09-27, su actividad declarada es venta al por menor de maderas y artículos de madera y corcho, dato posterior al cierre que requiere contrastarse con la capacidad de fabricación acreditada en la oferta.MencionadoLote únicoRD$12,363,450

Otros documentos del proceso (23)

  • ACTA DE APROBACION INICIO DE PROCESO LPN 01 ATAUDEES.pdfPliego · 31 jul de 2026 · 1 señal
  • CONVOCATORIA LPN 01 2026.pdfDocumento · 31 jul de 2026
  • ACTA DE APROBACION INICIO DE PROCESO LPN 01 ATAUDES.pdfInforme pericial · 31 jul de 2026 · 1 señal
  • FORMULARIOS REQUERIDOS DEL PROCESO BIENES.zipDocumento · 31 jul de 2026
  • FICHA TECNICA LPN 0001 ATAUDES.pdfPliego · 31 jul de 2026 · 2 señales
  • SOLICITUD LPN 01 ATAUDES.pdfSolicitud de compra · 31 jul de 2026 · 2 señales
  • ENMIENDA AL PLIEGO DE CONDICIONES LPN 01 ATAUDES.pdfEnmienda · 4 sept de 2026 · 2 señales
  • PLIEGO LPN 01 ATAUDES.pdfPliego · 4 sept de 2026 · 4 señales
  • ESTUDIO PREVIO LPN 01 ATAUDES.pdfEstudio previo · 4 sept de 2026 · 2 señales
  • ACTA DE ADJUDICACION LPN 01-2026 ATAUDES.pdfActa de adjudicación · 8 oct de 2026 · 3 señales
  • ACTA DE ADJUDICACION LPN 01-2026 ATAUDES.pdfActa de adjudicación · —

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 204 — Recurso de reconsideración

Artículo 204.- Recurso de reconsideración. Toda actuación recurrible en virtud de la presente ley deberá, en primer lugar, ser impugnada mediante un recurso de reconsideración ante el órgano responsable del proceso.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
  • ACTA DE ADJUDICACION LPN 01-2026 ATAUDES.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA DE ADJUDICACION LPN 01-2026 ATAUDES.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTO DE APERTURA SOBRE B LPN 01-2026 ATAUDES.pdfDocumento · —
  • ACTO DE APERTURA SOBRE B LPN 01-2026 ATAUDES.pdfDocumento · —
  • ACTO DE APERTURA SOBRE B LPN 01-2026 ATAUDES.pdfDocumento · —
  • CONTRATO FERNANDEZ Y SANCHEZ LPN 01.pdfContrato · —
  • CONTRATO INDUSTRIAS MARTMO LPN 01.pdfContrato · —
  • CONTRATO RAMA FABRICANTES LPN 01.pdfContrato · —
  • INFORME EVALUACION ECONOMICA Y RECOMENDACION ADJUDICACION LPN 01.pdfActa de adjudicación · —
  • INFORME EVALUACION ECONOMICA Y RECOMENDACION ADJUDICACION LPN 01.pdfActa de adjudicación · —
  • INFORME EVALUACION ECONOMICA Y RECOMENDACION ADJUDICACION LPN 01.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —