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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

ANEXO 1 ESPECIFICACIONES TECNICAS.pdf

“CONTRATACION TALLERES EXTERNO PARA SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO / CORRECTIVO Y REPARACION DE 47 VEHICULOS LIVIANOS DE LA OPERADORA METROPOLITANA DE SERVICIOS DE AUTOBUSES OMSA.” · Operadora Metropolitana de Servicios de Autobuses S.A.

Publicado el 30 jul de 202612 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso OMSA S.A.-CCC-CP-2026-0012

Lo que dice

La ficha técnica describe los servicios de mantenimiento preventivo, correctivo y reparación para 47 vehículos de la OMSA, con intervenciones específicas por vehículo y condiciones de respuesta, ejecución y entrega. Para el proceso convocado el 2026-07-30, exige presentar oferta por el total de los vehículos y acreditar, entre otros requisitos, experiencia mínima de tres años y capacidad instalada.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$5 millones

Requisitos acumulados de experiencia y capacidad instalada

Documento del 30 jul 2026 · hace 2 meses

Se exige experiencia mínima de tres años en servicios de naturaleza y magnitud similar y acreditar capacidad instalada mediante título de propiedad o contrato de alquiler del inmueble. Por su potencial efecto restrictivo, corresponde verificar que estos requisitos sean proporcionales al alcance y valor estimado del servicio, RD$5,000,000.

“donde se evidencia una experiencia mínima de 3 años en la prestación de servicios de una naturaleza y magnitud similar al objeto de contratación del presente proceso. … Demostración de poseer capacidad instalada, es decir para la prestación”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Restricción territorial a talleres del Gran Santo Domingo

Documento del 30 jul 2026 · hace 2 meses

La ficha enmarca los servicios para talleres ubicados en el Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo, lo que puede limitar la participación según la localización del taller. El proceso figura como no reservado a MIPYMES y el documento no expone una justificación técnica para esta condición territorial.

“Para talleres ubicados en el Distrito Nacional y la Provincia Santo Domingo”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Alcance por lote no coincide claramente con la oferta por toda la flota

Documento del 30 jul 2026 · hace 2 meses

La ficha exige ofertar por los 47 vehículos en conjunto, mientras que el portal registra el proceso como organizado por lotes. La diferencia puede afectar cómo se preparan las ofertas y si se permite competir por partes del alcance; conviene verificarlo frente al pliego definitivo.

“Los oferentes deberán presentar sus ofertas por el total de vehículos presentados en el presente pliego.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación

Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Otros documentos del proceso (19)

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  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes (2).docxDebida diligencia · 30 jul de 2026
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  • SNCC_D045_Curriculo_Personal.docxDocumento · 30 jul de 2026
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal (1).docxDocumento · 30 jul de 2026
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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