El pliego del procedimiento 911-CCC-PEPU-2026-0006 solicita a Sinergit, S.A. una propuesta para renovar licencias, soporte y mantenimiento de INET DISPATCH en las sedes Metropolitana y Norte; fija como fecha límite de presentación el 4 de agosto de 2026. Describe soporte y mantenimiento por 12 meses, con fechas del 31 de agosto de 2025 al 31 de agosto de 2026, pero también establece una vigencia contractual de 18 meses. La evaluación técnica y económica se tramita en un cronograma que indica la apertura conjunta de los sobres A y B.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma indica la apertura de las ofertas técnicas y económicas en el mismo acto, antes de la evaluación técnica y del período de subsanación. Esto merece revisión porque la apertura económica debe ser posterior a la evaluación técnica final de los oferentes habilitados.
“del contenido de las Ofertas Técnicas “Sobre A” y Ofertas Economicas “Sobre B”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · Reglamento 52-26, art. 154 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
Reglamento 52-26, artículo 154 — Aplicación de reglas de los procedimientos ordinarios de selección
Artículo 154.- Aplicación de reglas de los procedimientos ordinarios de selección. En todo lo no previsto en las reglas particulares que regulan las modalidades de excepción, aplican las reglas de los procedimientos ordinarios de selección.
El pliego fija 12 meses de soporte con fechas del 31 de agosto de 2025 al 31 de agosto de 2026, pero dispone una vigencia contractual de 18 meses desde la suscripción. Conviene aclarar el período efectivo de prestación y su relación con la duración del contrato, dado que las fechas consignadas incluyen un lapso anterior a la convocatoria.
“Periodo de Soporte y Mantenimiento: 12 meses a partir de la fecha de vencimiento del contrato vigente, es decir desde el 31 de agosto del 2025 hasta el 31 de agosto de 2026. … La vigencia del Contrato sera de dieciochos (18) meses, contados”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
El pliego indica que la adjudicación se hará por cumplimiento de las especificaciones técnicas, pero no precisa cómo se determina la propuesta más conveniente a partir de la evaluación económica descrita como revisión de razonabilidad. La regla de adjudicación debería quedar inequívocamente establecida, aunque el procedimiento contemple un proveedor invitado.
“La adjudicacion se efectuard bajo el criterio de que cumpla con las especificaciones técnicas establecidas en el presente proceso.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 114 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona