Puesto del comité vacante al aprobar el pliego
· hace 2 meses
El acta consigna que participaron cuatro miembros y que el puesto de Planificación y Desarrollo seguía vacante, con la sustitución pendiente. La ley establece un comité de cinco miembros; conviene verificar si correspondía una integración simplificada y si fue validada conforme al reglamento. El acta indica que había quórum, por lo que la señal se limita a la composición del comité, no a la asistencia mínima para deliberar.
“el Director de Planificación y Desarrollo del MESCYT y miembro del Comité de Contrataciones Públicas no participó en la presente sesión, debido a que la persona que ocupaba dicha posición ya no forma parte de la institución, encontrándose”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · Reglamento 52-26, art. 15 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
Reglamento 52-26, artículo 15 — Integración simplificada
Artículo 15.- Integración simplificada. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, en caso de que la institución contratante no cuente con una estructura orgánica que permita su integración de conformidad con lo establecido en la ley, se puede adoptar la siguiente integración simplificada: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que esté designe como su representante, quien presidirá el comité. 2. El titular del área administrativa financiera o su equivalente. 3. El titular del área jurídica o su equivalente. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe comprobar y validar los casos en que la estructura orgánica de la…
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