El Acto Administrativo núm. 088-2026, de fecha 2026-07-13, aprueba la evaluación económica y adjudica el suministro de papel Bond 20 a Suplimade Comercial, SRL por RD$4,523,419.01. El acta registra que Celna Enterprises, SRL no pasó la evaluación económica porque ofertó únicamente el ítem 1, mientras que el pliego establecía adjudicación por la totalidad.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que la oferta de Suplimade estaba 18.47% por debajo de la certificación presupuestaria; tras solicitar una justificación, el Comité aprobó el informe y adjudicó. La respuesta recoge explicaciones del proveedor sobre costos y logística, por lo que conviene verificar el análisis técnico de su sostenibilidad económica.
“Que la oferta económica propuesta por la sociedad comercial Suplimade Comercial S.R.L., se encuentra por debajo de la certificación presupuestaria en un -18.47%”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias
Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.
Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias
Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
El acta registra que Celna Enterprises no pasó la evaluación económica por ofertar solo el ítem 1, bajo una adjudicación prevista por la totalidad. Esto redujo la participación efectiva a ofertas por el conjunto; conviene verificar en los estudios previos la justificación de no dividir en lotes los ítems individualizables.
“Que la razón por la cual la sociedad comercial Celna Enterprises, S.R.L., no pasó la evaluación económica, es debido a que solo participó por el ítem 1”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Suplimade Comercial, SRLPrimer lugar; el Comité aprobó el informe económico y adjudicó el procedimiento. El acta consigna que se solicitó y recibió una justificación de precio.
Celna Enterprises, SRLNo pasó la evaluación económica porque participó únicamente por el ítem 1, pese a que el pliego establecía adjudicación por la totalidad.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Anexo 4. Formulario Compromiso Ético y Antisoborno de Proveedores.docx