Publicado el 21 jul de 2026Fechado el 19 jul de 20265 páginasEn el mensaje «RE: Solicitud de aclaración y observación a las especificaciones técnicas del proceso CORAABO-CCC-LPN-2026-0001»
La Circular No. 01, fechada el 20 de julio de 2026, responde a consultas sobre el proceso CORAABO-CCC-LPN-2026-0001. Aclara que la referencia a «marca superior» no limita la participación a una marca específica y adjunta un diagrama unifilar y criterios de evaluación para los ítems. La observación sobre la marca fue presentada por Multiservicios Flor del Este, S.R.L.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Los criterios adjuntos asignan puntaje a certificaciones o contratos ejecutados en el Campo de Pozos Brujuelas Casui y en campos de pozos del Estado Dominicano. La especificidad del lugar de ejecución puede restringir la valoración de experiencia equivalente; conviene verificar su necesidad técnica y proporcionalidad respecto del objeto.
“Certificaciones y/o contratos de construcción de proyectos electromecánicos (Que incluya al menos 3 de las actividades: Perforación Profunda y Encamizado, Instalación de Bomba Vertical, Instalación de Motor Eléctrico, Instalación de Panel A”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Multiservicios Flor del Este, S.R.L.Presentó una observación sobre la referencia a la marca SUPERIOR; el documento no indica adjudicación ni habilitación.
Mencionado
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Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Especificaciones técnicas — cloraciónInterpretación de la referencia a la marca SUPERIOR
La observación señala que las especificaciones hacen referencia a la marca comercial SUPERIOR y pide permitir productos equivalentes.
La respuesta indica que «marca superior» define un estándar de calidad o desempeño y permite cualquier marca que cumpla las especificaciones.
Aclara
Especificaciones eléctricasDiagrama unifilar y longitudes de conductores
Los interesados solicitan aclarar la unidad de medida y la cantidad de conductores por fase, neutro y tierra.
El diagrama adjunto indica cable 1/0, 30 pies por fase para el alimentador primario y alambre #6, 40 pies por fase para el alimentador del motor.
Aclara
Criterios de evaluaciónCriterios y evidencias para los ítems
La consulta indica que los criterios de puntaje no se distinguen en el pliego.
La circular adjunta tablas de evaluación para los ítems 1, 2 y 3, con criterios de experiencia del oferente y del personal, puntajes y evidencias documentales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona