La Enmienda No. 1, aprobada el 16 de julio de 2026 para la licitación ECORD-CCC-LPN-2026-0001, modifica requisitos técnicos, documentación y criterios de adjudicación. Reduce la antigüedad mínima aceptable de los equipos de 2012 a 2005, elimina la exigencia de tres años de experiencia para el personal propuesto y permite adjudicar uno, varios o todos los lotes a un mismo oferente según el menor precio. También sustituye una declaración jurada notariada y certificada por la PGR por una declaración simple.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce el umbral de antigüedad utilizado como filtro para evaluar la idoneidad y confiabilidad de los equipos.; Elimina la autenticación notarial y de la PGR, y reduce las declaraciones expresas sobre solvencia, deudas, condenas y condición PEP.; Suprime el umbral verificable de experiencia individual del personal asignado a prestar el servicio..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Numeral 3.3, condiciones técnicas obligatoriasAntigüedad mínima de los equipos
Año de fabricación mínimo aceptable: 2012 en adelante.
Año de fabricación mínimo aceptable: 2005 en adelante; se mantiene la exigencia de que estén en perfectas condiciones para uso ininterrumpido.
RelajaQuita un control: Reduce el umbral de antigüedad utilizado como filtro para evaluar la idoneidad y confiabilidad de los equipos.
Numerales 11.1 y 12.1.1, declaración jurada del oferenteFormalidad y contenido de la declaración de elegibilidad
Declaración legalizada por notario y certificada por la PGR, con declaraciones sobre prohibiciones, juicios, insolvencia y deudas, condenas del proponente o directivos y condición PEP.
Declaración jurada simple, sin firma notarial, que manifiesta que el oferente no está dentro de las prohibiciones del numeral 3 del artículo 37 y del artículo 38 de la Ley 47-25.
RelajaQuita un control: Elimina la autenticación notarial y de la PGR, y reduce las declaraciones expresas sobre solvencia, deudas, condenas y condición PEP.
Numerales 11.1.2 y 12.1.3, documentación técnicaExperiencia del personal profesional propuesto
El currículo del personal debía incluir anexos y acreditar un mínimo de tres años de experiencia profesional.
Se requiere el currículo con sus anexos, pero ya no se fija el mínimo de tres años de experiencia del personal.
RelajaQuita un control: Suprime el umbral verificable de experiencia individual del personal asignado a prestar el servicio.
Numerales 11.1.2 y 12.1.3, experiencia del contratistaDocumentación para acreditar la experiencia del oferente
Se exigían certificaciones emitidas por instituciones públicas o privadas, con datos del contrato y medios de comprobación, incluidos contratos u órdenes firmados y medios de pago.
Se mantienen la experiencia mínima de tres años, las certificaciones con datos del contrato y los medios de comprobación, pero ya no se identifica quién debe emitir las certificaciones.
Relaja
Numeral 12.3, criterio de adjudicaciónLímite de lotes adjudicables por oferente
Como regla, solo se adjudicaría un lote por oferente; se permitía más de uno excepcionalmente ante la posibilidad de que se declararan lotes desiertos.
Se puede adjudicar uno, varios o la totalidad de los lotes a un oferente, con base en el menor precio ofertado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona