El informe justificativo, fechado el 15 de julio de 2026, recomienda al Comité aprobar el inicio de una contratación por excepción de proveedor único para mantener el servicio TRAE en los distritos 05-05, 05-04 y 05-09. Estima RD$333,600,000 por 24 meses para 48 autobuses y fundamenta la excepción en la continuidad del servicio y la compatibilidad tecnológica con el sistema de monitoreo del MINERD.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe distribuye los 48 autobuses entre los distritos 05-05, 05-04 y 05-09, pero en la conclusión atribuye a CAPT cobertura de ocho distritos de la provincia Santo Domingo y el Distrito Nacional. La discrepancia afecta la correspondencia entre la capacidad operativa invocada y las rutas objeto de la justificación por proveedor único; conviene verificar si esa conclusión describe este servicio o si corresponde a otro alcance.
“Distribución de autobuses y rutas atendidas por Consorcio Arias Pèrez Transportista (CAPT) Distritos Educativos | Cantidad de Autobuses | Rutas 05-05, Sabana de La Mar | 6 | 2 05-04, Hato Mayor | 38 | 14 05-09, El Valle | 4 | 2 Total de”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 151 · Ley 47-25, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción
Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…
Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones
Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.
Consorcio Arias Pérez Transportistas (CAPT)Identificado como proveedor actual de las rutas; el informe recomienda mantenerlo y propone aprobar el inicio del procedimiento, pero no adjudica.
Mencionado
Lote Único
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Caribe Tours, SAIdentificado como proveedor del sector transporte con presencia y experiencia en movilidad escolar.
Mencionado
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Consorcio Nacional de Transporte Conatra, S.A.S.Identificado como proveedor del sector transporte con presencia y experiencia en movilidad escolar.
Mencionado
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Grupo de Empresas de Transporte Mochotran, SRLIdentificado como proveedor del sector transporte con presencia y experiencia en movilidad escolar.
Mencionado
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Magna Motors, S.A.Identificado como proveedor del sector transporte con presencia y experiencia en movilidad escolar.
Mencionado
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Servicio de Transporte y Envío Brito Castro SRLIdentificado como proveedor del sector transporte con presencia y experiencia en movilidad escolar.
Mencionado
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Consorcio CNTE-ICESCAIdentificado como proveedor del sector transporte con presencia y experiencia en movilidad escolar.
Mencionado
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Comercializadora JMP SRLIdentificado como proveedor del sector transporte con presencia y experiencia en movilidad escolar.
Mencionado
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Compañía de Servicios Múltiples Coldíaz SRLIdentificado como proveedor del sector transporte con presencia y experiencia en movilidad escolar.
Mencionado
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FM Centro Bus SRLIdentificado como proveedor del sector transporte con presencia y experiencia en movilidad escolar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Identificado como proveedor del sector transporte con presencia y experiencia en movilidad escolar.