Publicado el 17 jul de 2026Fechado el 16 jul de 202681 páginasEn el mensaje «Acto administrativo de rectificación y rectificativa al informe definitivo de evaluación de la oferta técnica MOPC-MAE-PEEN-2026-0006.»
La Comisión de Peritos remite el 17 de julio de 2026 una rectificativa al informe definitivo de evaluación técnica del proceso de emergencia MOPC-MAE-PEEN-2026-0006; el informe reevaluado está fechado el 13 de julio. Mantiene cuatro oferentes como no habilitados y recomienda habilitar a los demás, y corrige la participación por lotes de RCP Proyectos y Constructora Yunes; no adjudica ni consigna montos ofertados.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe asigna el mismo RNC a ASOLCA y a COINPRO, aunque los identifica como oferentes diferentes y les asigna RPE distintos. La ficha de proveedor aportada para COINPRO consigna otro RNC; conviene verificar la identidad registrada y la trazabilidad de la evaluación antes de considerar firme la información del cuadro.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 40 · Ley 47-25, art. 41 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 40 — Creación del Registro de Proveedor del Estado
Articulo 40.- Creación del Registro de Proveedor del Estado. Se crea el Registro de Proveedor del Estado, el cual tendrá como objetivo principal administrar la base de datos de todas las personas físicas o jurídicas que estén interesadas en presentar ofertas de bienes, servicios y obras a las instituciones contratantes, así como posibilitar un control preventivo para evitar la violación al régimen de inhabilidades previsto en la presente ley.
Ley 47-25, artículo 41 — Deberes de los interesados en participar como oferentes
Artículo 41.- Deberes de los interesados en participar como oferentes. Las personas físicas o jurídicas interesadas en participar como oferentes en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley deberán estar inscritas en el Registro de Proveedor del Estado, administrado y operado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán los requisitos y el procedimiento de inscripción como proveedor del Estado, indicando la documentación requerida para acreditar la capacidad jurídica, la actividad económica del interesado, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y de la seguridad social,…
La rectificativa reconoce que RCP fue relacionado con los lotes 1, 2 y 4 cuando participaba por 1 y 3, y que Constructora Yunes se omitió del cuadro de habilitados del lote 3. Estas correcciones alteran la composición de oferentes habilitados por lote y merecen cotejarse con las notificaciones y la apertura económica posterior; el informe no consigna montos ni una adjudicación derivada de ellas.
“Por un error humano involuntario, el oferente RCP PROYECTOS SRL, fue habilitado en los lotes 1,2 y 4, cuando lo correcto es lote 1 y lote 3, debido a que, estos son los lotes por lo que dicho oferente está participando, el mismo no se”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 24 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 24 — Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas
Artículo 24.- Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas. La administración, en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación, siempre fundamentará su actuación en las motivaciones y argumentaciones correspondientes.
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
F Diseños de Ingeniería Lineal, SRLNo cumple una documentación técnica no subsanable; el informe indica que el cronograma propuesto excede los seis meses establecidos en el pliego.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona