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Pliego

Pliego de condiciones MOPC-MAE-PEEN-2026-0006 - OBRAS EMERGENCIA SANTIAGO.pdf

SOLUCIÓN, CONSTRUCCIÓN Y RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS VIALES DE LA PROVINCIA SANTIAGO QUE FUERON AFECTADAS POR LAS VAGUADAS DEL MES DE ABRIL 2026, CONFORME DECRETO 322-26 · Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones

Publicado el 10 jun de 202672 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MOPC-MAE-PEEN-2026-0006

Lo que dice

El pliego del proceso de emergencia MOPC-MAE-PEEN-2026-0006 establece cuatro lotes de obras viales en Santiago, con un presupuesto base total de RD$781,630,333.74. Fija la recepción de ofertas para el 18 de junio de 2026 y prevé adjudicación por lotes mediante una ponderación de 60% técnico y 40% económico. También establece requisitos de experiencia, solvencia, equipos y personal, y condiciones de pago y ejecución contractual.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (8)

A revisarHallazgo en documentos

Recepción exclusivamente en papel por limitación del SECP

Documento del 10 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego atribuye la recepción física a que el SECP solo permite aperturas simultáneas, aunque el proceso prevé apertura técnica y económica en fases distintas. Conviene verificar cómo se aseguró el registro y la trazabilidad electrónica integral, pues el reglamento establece el uso obligatorio del sistema y exceptúa situaciones específicas.

“Cabe destacar que el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) únicamente permite la configuración de aperturas simultáneas, lo cual resulta incompatible con la estructura y requerimientos de este procedimiento. En consecuencia,”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 179 · Ley 47-25, art. 182 · Reglamento 52-26, art. 46 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas

Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…

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Ley 47-25, artículo 182 — Obligatoriedad del sistema

Artículo 182.- Obligatoriedad del sistema. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas será de uso obligatorio para todas las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y todas las actuaciones desarrolladas deberán ser debidamente publicadas en este. Párrafo.- La no publicación de una actuación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas podrá ser causa de aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en el artículo 222 de la presente ley, a menos que la institución contratante demuestre que dicho incumplimiento se produjo por una imposibilidad material justificada o fallas técnicas, o el proceso de…

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Reglamento 52-26, artículo 46 — Naturaleza y alcance del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas

Artículo 46.- Naturaleza y alcance del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas constituye la plataforma tecnológica oficial y única para la gestión integral de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y la liquidación de los contratos, conforme a los principios de transparencia, eficiencia, trazabilidad, participación y control ciudadano establecidos en la Ley núm. 47-25. Párrafo I. El uso del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas es obligatorio para todas las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la ley, así como para los oferentes, proveedores y contratistas…

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Equipamiento mínimo uniforme para lotes de alcance y monto distintos

Documento del 10 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego exige una extensa lista de equipos mínimos, con cantidades concretas y modelos identificados, para un procedimiento dividido en lotes cuyo presupuesto va de RD$46,769,075.12 a RD$289,323,545.52. Conviene comprobar que la exigencia completa, incluidos equipos de pavimentación y maquinaria pesada, es necesaria y proporcional para cada lote y que las referencias de modelos permiten alternativas equivalentes.

“1 Motoniveladora 12G ≥ 140 HP … 2 Retroexcavadora 320 ≥ 145 HP 2 3 Cargador frontal Cat 950 F o similar”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

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Plazo de pago de hasta 60 días frente al máximo legal de 30

Documento del 10 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego establece pagos parciales dentro de un período de hasta 60 días calendario desde la remisión de facturas. La Ley 47-25 establece un plazo máximo de 30 días desde que se genere la condición de pago y se presente el requerimiento; la diferencia afecta el flujo de caja de los contratistas, en particular de empresas con menor capacidad financiera.

“Estos pagos se harán en un período no mayor de sesenta (60) días calendarios contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas de los bienes ofrecidos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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Dos horas límite distintas para recibir las ofertas

Documento del 10 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego fija las 11:00 a. m. como hora límite en el cronograma, pero en otra sección indica que las ofertas se reciben hasta las 10:00 a. m. La discrepancia puede causar incertidumbre sobre la hora válida de cierre y afectar la recepción de propuestas.

“Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta jueves, 18 de junio de 2026 a las 10:00A.M.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 100 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Ley 47-25, artículo 100 — Plazos para presentación de propuestas

Artículo 100.- Plazos para presentación de propuestas. El plazo que debe mediar entre la convocatoria y la fecha límite para la presentación de propuestas deberá ser determinado atendiendo al objeto a contratar, sus características o su cuantía; en todos los casos, para determinar dicho plazo las instituciones deberán tomar en cuenta la complejidad que amerite la presentación de las propuestas.

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Facultad discrecional para adjudicar lotes adicionales

Documento del 10 jun 2026 · hace 4 meses

Aunque dispone que se adjudicará un solo lote por proveedor, el pliego permite adjudicar lotes adicionales a oferentes habilitados si quedan lotes desiertos y el Comité lo estima conveniente. La relación de lugares ocupados aporta una referencia, pero la cláusula no precisa cómo se resolvería la asignación adicional frente a esa regla de un lote por proveedor.

“Se adjudicará un (1) solo lote por proveedor, según resulte la evaluación de ofertas, a fines de cumplir con el objetivo indicado. Si por los criterios de adjudicación establecidos en el presente pliego de condiciones fueran a quedar lotes ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 125 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato

Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Criterio de exclusión por partidas con precio superior al 10%

Documento del 10 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego dispone que una oferta no se tomará en cuenta si una o más partidas superan en más de 10% su presupuesto de referencia, aunque la regla citada no aclara cómo se aplica cuando el precio global está dentro del presupuesto. Además, denomina ese exceso “precio predatorio”; conviene verificar la aplicación uniforme de este criterio y su efecto sobre ofertas potencialmente competitivas.

“Si el precio unitario ofertado es superior en más de un diez por ciento (10%) en relación con el presupuesto base o valor referencial de una o más partidas en relación con el presupuesto base establecido en el Anexos – Listados de partidas,”

Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato

Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.

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Ventana breve para preparar ofertas de obras complejas

Documento del 10 jun 2026 · hace 4 meses

Desde la convocatoria del 10 de junio hasta el cierre del 18 de junio transcurren ocho días calendario, con solo cinco días hábiles completos entre ambos. Para cuatro lotes de obras viales con exigencias de estudios, personal y equipos, conviene verificar que el plazo fue proporcional a la complejidad, como exige la regla especial para emergencias.

“1 Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional miércoles, 10 de junio de 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 100 · Reglamento 52-26, art. 156 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 100 — Plazos para presentación de propuestas

Artículo 100.- Plazos para presentación de propuestas. El plazo que debe mediar entre la convocatoria y la fecha límite para la presentación de propuestas deberá ser determinado atendiendo al objeto a contratar, sus características o su cuantía; en todos los casos, para determinar dicho plazo las instituciones deberán tomar en cuenta la complejidad que amerite la presentación de las propuestas.

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Reglamento 52-26, artículo 156 — Procedimiento de selección competitiva en casos de emergencia

Artículo 156.- Procedimiento de selección competitiva en casos de emergencia. En los casos de emergencia deben aplicarse las siguientes reglas particulares: 1. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el decreto del Presidente de la República que declara la emergencia por alguna de las causas expresamente previstas en la Ley núm. 47-25, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 2. En caso de que existan oferentes precalificados para situaciones de emergencia que puedan satisfacer las prestaciones contractuales requeridas, estos deben ser invitados directamente, y la adjudicación debe…

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Bandas de puntuación que incluyen experiencia inferior al mínimo exigido

Documento del 10 jun 2026 · hace 4 meses

La documentación técnica exige experiencia específica de al menos tres años en obras similares, pero la tabla de puntaje asigna una puntuación a experiencia menor de tres años. Aunque esa banda podría no aplicarse a quienes no superen la habilitación, la coexistencia de ambos criterios puede generar incertidumbre sobre la evaluación.

“Experiencia Específica de la Empresa/Contratista, mediante contrato ejecutado o certificación de recibido conforme emitida por la entidad contratante en obras similares en mayor o igual a tres (3) años.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 114 · Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 113 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 114 — Objeto de evaluación

Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…

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Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Otros documentos del proceso (40)

  • Decreto 322-26.pdfDocumento · 10 jun de 2026
  • Listado de Partidas.zipDocumento · 10 jun de 2026
  • Formularios editables.zipDocumento · 10 jun de 2026
  • Convocatoria MOPC-MAE-PEEN-2026-0006.pdfDocumento · 10 jun de 2026
  • ACTO ADMINISTRATIVO MOPC-EMERGENCIA ADP-027-2026 MOPCMAE-PEEN 206-0006.pdfPliego · 10 jun de 2026 · 1 señal
  • Solicitud de Contratación Ref. MOPC-MAE-PEEN-2026-0006.pdfSolicitud de compra · 10 jun de 2026 · 1 señal
  • COMPROMISO ETICO MOPC-MAE-PEEN-2026-0006.pdfDocumento · 10 jun de 2026
  • Enmieda 1 MOPC-MAE-PEEN 206-0006.pdfDocumento · 16 jun de 2026
  • Respuestas oferentes MOPC-MAE-PEEN 206-0006.pdfDocumento · 16 jun de 2026
  • Acto administrativo aprobacion informe preliminar Ref. MOPC-MAE-PEEN-2026-0006.pdfInforme de evaluación · 24 jun de 2026
  • informe preliminar de ecvaluacion de ofertas Ref. MOPC-MAE-PEEN-2026-0006.pdfInforme de evaluación · 24 jun de 2026 · 2 señales

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos

Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.

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Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación

Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…

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Reglamento 52-26, artículo 113 — Naturaleza y tratamiento de los requisitos de calificación y de la experiencia del oferente

Artículo 113.- Naturaleza y tratamiento de los requisitos de calificación y de la experiencia del oferente. Los requisitos de calificación constituyen condiciones de habilitación del oferente y no forman parte de los criterios técnicos, económicos ni especiales de evaluación. Su verificación debe realizarse, como regla general, mediante la metodología “cumple/no cumple”, conforme a los artículos 37 y 114 de la Ley núm. 47-25. Párrafo I. Los requisitos de calificación solo pueden ser objeto de ponderación por puntaje en las circunstancias excepcionales previstas en la ley, debidamente justificadas en el pliego de condiciones, cuando la especialidad o complejidad del objeto contractual haga…

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